Muy buenas tardes. Me surge una duda que espero que algún compañer@ me pueda resolver. He ejecutado sentencia por impago de alimentos. Posteriormente el obligado al pago presenta modificación de medidas, y se acuerda extinción de la pensión del hijo mayor y el mantenimiento de la pensión del del hijo menor. El caso es que tras esta sentencia, el padre persiste en su actitud y sigue sin abonar cantidad alguna.
Mi duda es si debo ejecutar la sentencia por la que se acuerda la modificación de las medidas y posteriormente solicitar la acumulación al procedimiento ejecutivo anterior o, si debo ampliar la primera ejecución poniendo de manifiesto la modificación de medidas acordadas, y el impago de nuevas mensualidades devengadas.
Muchas gracias por adelantado por vuestras respuestas.