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pension alimenticia

2 Comentarios
 
perfil v69
09/09/2010 16:18
Evidentemente si dejo al niño al servicio d desayuno y comedor, es xq yo estoy trabajando y no puedo atenderlo, con lo q considero q es "gastos de cuidadores o canguros",,,,,,,,, no se, es mi percepcion.........no?..... lo mismo me estoy columpiando pero como no lo se, y es un padre bastante irresponsable pues eso.......
09/09/2010 16:11
Interpreto que "comedor y servicio de desayuno" no son gastos de "educación, asistencia x parte d cuidadores o canguros, formación, salud y actividades extraescolares del niño" y por tanto no están incluidos en la sentencia como gastos extraordinarios.
Si quien atendiera al menor fuera un "cuidador o canguro" (incluso en el colegio) en esas comidas correspondería al 50% el pago de su trabajo, no de los alimentos, que corresponderían a la madre. Si el comedor y servicio de desayuno se hace en el colegio y la factura desglosa coste de alimentos y cuidador podría reclamarse el coste de cuidador.
Pension alimenticia
perfil v69
09/09/2010 15:23
Hola, en mi convenio pone exactamente:...." Se fija la cantidad de 200 euros mensuales en concepto de contribución del padre a los alimentos de su hijo.........(lo típico)...............Asimismo, el padre se compromete a hacerse cargo del 50% de los gastos extraordinarios con la educación, asistencia x parte d cuidadores o canguros, formación, salud y actividades extraescolares del niño".................. El comedor y el servicio de desayuno es aparte d esos 200 euros????.......yo creo q si, x el parrafito del 50% aparte d esos 200..... pero no estoy segura y no quiero pedírselo sin llevar razón......

Muchas gracias