Hola, estoy divorciada desde el año 2006 al principio mi es marido pasaba la pensión todos los meses, pero desde el 2010 la pasa cuando quiere, x supuesto estamos regulados mediante convenio regulador.
Lo he denunciado en comisaria un montón de veces sin conseguir nada.mi es marido es autónomo y se sabe las leyes muy bien se esta escudándose xq es autónomo....
Mi preg es q pasos he de dar? xq la justicia no a echo nada. Y yo sola no puedo afrontar los gastos con mi hijo, quisiera poner solución a mi calvario.
De echo el puede pagar solo q no quiere, tne 2 casas y con su actual pareja se han alquilado un piso (q seguramente estará puesto a nombre de ella).
Tb tne un taller y un clínica (q x cierto creo q se a comprado otro taller xq se le queda pequeño el q tne ahora) y su hijo es lo ultimo no?esta cometiendo un delito este señor.
Gracias x su respuesta, un cordial saludo.
la respuesta a su consulta procede a interponer demanda de ejecución de sentencia (provista de abogado y procurador) para exigirle a su ex-marido el cumplimiento se sus obligaciones.
Junto con la demanda se puede solicitar al juzgado la averiguación patrimonial de su ex-marido para poderle embargar cuanto disponga a su nombre.
Le recuerdo que por lo que usted comenta, su caso sólo puede llevarlo un abogado ya que la única vía para poder reclamarle a su ex-marido es la vía judicial.
Para su información dispone de un servicio de asistencia gratuita para toda persona que no pueda hacer frente al pago de un abogado.
Para ello diríjase al Colegio de Abogados de su provincia donde le informarán del procedimiento de solicitud de dicha asistencia.
Hay un plazo de prescripción de cinco años para poder reclamar las pensiones de alimentos reconocidas en sentencia y no pagadas, la prescripción de estos cinco años puede ser interrumpida por cualquier medio fehaciente de requerimiento de pago, como por ejemplo, burofax.
Gracias x su pronta respuesta, me debe desde el año 2010 pagando cuando el a querido, Muchisimas gracias ya q algo sabia pero andaba perdida.
Un cordial saludo
Usted sólo podrá reclamar las cantidades adeudadas desde la fecha de interposición de la demanda hasta 5 años atrás, es decir, si interpone demanda este mes de Julio, podrá reclamar las cantidades desde Julio de 2010. Por ello es recomendable no dejar pasar más tiempo porque todo lo que exceda de 5 años no podrá usted reclamarlo.
Gracias señor Asensio, mañana mismo voy a ir al colegio de abogados no puedo ni permitirme el lujo de un abogado privado.
Si no fueran x mis padres no se q seria del nene.
Un cordial saludo
Hola señor Asensio, hoy he ido al colegio de abogados de mi localidad, he expuesto mi caso y me he llevado una sorpresa vaya, pues que resulta que yo me case y divorcie en Alzira ya que mi es marido es de allí, con lo cual si quiero un abogado de oficio tendrá que ser de allí, es una pena no poder tener mas a mano al que sera mi abogado (no creo q me denieguen la justicia gratuita) trabajo muy poco solo dos horas diarias, como usted podrá imaginar cobro poquito.
El juicio evidentemente también sera allí claro.
Mañana ya voy a mandar la documentación que me solicitan,.
Supongo que para el mes de septiembre sabré si lo tengo concedido, en fin que lo mandare certificado y urgente, cuanto antes llegue mejor.
Un cordial saludo.
lo importate para ti ahora mismo es que no pase más tiempo para que puedas reclamar lo que le corresponde a tu hijo. La justicia gratuita te la concederán sin problema.
Ahora a seguir luchando por tu hijo, y sobretodo reclamar lo que es de él.
Buenos días señor asensio, he recogido el papel que me solicitan del banco el saldo medio, y sale de media 13.134€ me parece mucha la cantidad, pago hipoteca y solo trabajo 2 h diarias.
Mi pregunta es me lo denegaran la justicia gratuita x el saldo que aparece reflejado?
En el momento q presento los papeles en el juzgado frenara los 5'años q prescribe? Gracias.
Un cordial saludo.
Zaira. Creo que quería decir que sus ingresos anuales han sido 13.134 euros. Con esos ingresos, descontando gastos de hipoteca y otros préstamos que tenga, le sale gratuita la asistencia.
Otra cosa es que el juzgado quiera trabajar para que coma el menor. El interés del menor es un camelo.
Suerte
Si importara el interés del menor, se partiría siempre de dar la custodia compartida a ambos progenitores, y no se les castigaría privándolos de un padre o una madre.
Hola sr, Asensio lo presentare q sea lo q dios quiera.
Yo x supuesto estoy luchando x un dinero q evidentemente es de mi hijo y es suyo.
En mi caso la custodia compartida no puede ser ya q somos su padre y yo de distintas localidades.
Un afectuoso cordial saludo.
Buenas tardes señor Asensio, he recibido la contestación del juzgado de Alzira y de momento si q esta admitido el abogado de oficio pero de forma provisional porque lo tienen q confirmar la comisión de asistencia jurídica gratuita, entonces me mandaran otra carta con la confirmación o desestimación de dicho abogado no?
Un cordial saludo.
efectivamente se te ha asignado un abogado de forma provisional hasta que la Comisión valore si cumples los requisitos establecidos en la Ley de Asistencia Jurídica Gratuita.
Una vez hayan realizado las comprobaciones correspondientes, resolverán la solicitud, pudiendo ser favorable o desestimatoria.
Ahora hay que esperar a que resuelvan el expediente.
Espero que te lleguen noticias favorables y puedas empezar cuanto antes a tramitar el procedimiento.
Ojala me lo concedan señor Asensio, están en juego los intereses de un menor que es x lo único que lucho.
Esperaba que tardasen en contestarme, pero esta siendo rápido,allí en Alzira tienen menos trabajo que aquí en alicante,.
Una pregunta en el caso de que me lo admitan...como nos podremos en contacto el abogado y yo, me llamara el o tendré que ser yo? Lo que si tengo claro, es que si me lo concedieran, si que tendré que ir y conocerlo personalmente x lo menos una vez ya q nos separan 140 km.
Ya le contare que me contestan.
Gracias
Un cordial saludo.
En caso de que la resolución sea favorable, será el abogado de oficio que le asignen el que se ponga en contacto contigo personalmente.
Una vez contactado por teléfono, le explicas el caso y entonces él valorará si necesita concertar una visita previa.
Yo te aconsejo que intentes quedar con él personalmente cuando se ponga en contacto contigo, así lo conoces personalmente y le planteas todas las dudas que tengas al respecto para que pueda asesorarte en todo momento.
Buenas tardes señor Asensio, hoy he recibido la carta del colegio de procuradores, y mi caso lo han aceptado, mañana llamare para ver que me dicen y si hace falta ir al juzgado para conocer al abogado personalmente iré,aunque tenga que perder toda la mañana ya que hay distancia.
Al menos ya estoy tranquila porque tengo abogado y procurador de oficio gratuito,ya q carezco de muy pocos ingresos.
Ya le iré informando de lo que me dicen.gracias.
Un cordial saludo.