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pensión alimenticia y gastos estando en el paro

3 Comentarios
 
Pensión alimenticia y gastos estando en el paro
28/07/2008 17:45
Soy separado desde hace más de 6 años y divorciado desde hace más de 1 año. Estoy en el paro desde hace 6 meses. Mis ingresos por todos los conceptos oscilan entre 950 y 1150 euros en concepto de prestación por desempleo.
Según sentencia judicial debo abonar 495 euros mensuales a mis dos hijas, más los gastos extraord. que se generen que oscilan anualmente entre 4000 y 7000 euros.
Mi ex-mujer trabaja ininterrumpidamente en calidad de empleada fija desde 3 años antes a mi separación. Sus ingresos (trabaja en seguros) demostrables en nómina (sin tener en cuenta cheques) superan los 20.000 euros.Ella disfruta junto a mis hijas de 23 y 24 años de la vivienda familiar valorada entre 70 y 80.000 euros. Yo vivo en una vivienda alquilada por 400 euros mensuales.
Además debo pasar 200 euros mensuales para un préstamo de la vivienda antes mencionada.
Mis ingresos por desempleo durante el último año se han visto mermados en casi 200 euros debido a que mi hija mayor ha estado trabajando durante ´los últimos doce meses.
Haciendo caso omiso a que mis ingresos son del todo insuficientes para hacer frente a todos esos gastos fijos...¿COMO ES POSIBLE QUE ESTANDO TRABAJANDO MI HIJA CON 24 AÑOS Y PERCIBIENDO UNA CANTIDAD SUPERIOR A LA MIA, YO DEBA PAGAR A LA VEZ PENSION ALIMENTICIA Y GASTOS EXTRAORDINARIOS (AUNQUE EN SENTENCIA ESTOS GASTOS SE REFIEREN A ALIMENTACION Y SANIDAD)?
MIS INGRESOS MENSUALES NO SUPERAN LOS 12000 EUROS.
MI EXMUJER OBTIENE INGRESOS SUPERIORES A LOS 20000 EUROS.
MI HIJA MAYOR HA OBTENIDO INGRESOS SUPERIORES A LOS 12000 EUROS DURANTE EL ULTIMO AÑO.
CONCLUSION:
1.- EN LA UNIDAD FAMILIAR DE MI EXMUJER HAN ENTRADO UN MINIMO DE 32000 EUROS, SUMA DE INGRESOS POR TRABAJO DE ELLA Y NUESTRA HIJA MAYOR.
2.- EN LA UNIDAD FAMILIAR DE MI EXMUJER HAN ENTRADO UNOS 12000 EUROS POR INGRESOS EFECTUADOS POR MI EN CONCEPTO DE PENS ALIMENTICIA DE GTOS ORD Y EXTR
3. SI YO INGRESO 12000, SUPONGO QUE MI EXMUJER (CON INGRESOS MUY SUPERIORES A LOS MIOS Y TRABAJO FIJO, YO DESEMPLEADO) HARA AL MENOS LO MISMO, DE LO QUE SE DEDUCE QUE MIS DOS HIJAS NECESITAN 24000 EUROS AL AÑO PARA VIVIR...
En estos últimos años ninguno de los abogados que han llevado mi caso han conseguido cambiar ninguna de esas circunstancias...y supongo, que como mi caso hay otros muchos...
Hasta el momento la solución para hacer frente a todo lo mencionado anteriormente es endeudarme sin posibilidades remotas de cancelar esas deudas...
Ya no entro en el tema de si es justo o no..., simplemente si es lógico que esto sea real...
Y, siguiendo con el tema más actual del MALTRATO, entiendo perfectamente que no sea lícito "matar", pero parece que no lo es tanto el "matar lentamente..." Me pregunto que en una sociedad más culta, más informada, más democrática, más avanzada... ¿por qué aumentan el maltrato y situaciones derivadas del mismo en la pareja de la España actual? Mi opinión es que no son hechos aislados y que en gran parte de los casos los responsables de dichos actos no son cada una de esas personas individualmente... En gran parte, los responsables son aquellas personas y organismos, directamente vinculados a esas personas... ESTA ES MI OPINION...
Espero sus opiniones y comentarios al respecto.
Un cordial saludo




28/07/2008 17:59
pero si tu hija es mayor de edad y tiene un sueldo considerable se deberia pedir extincion de la pension.no entiendo por que no lo hayan permitido.
que te dice el abogado?
perfil Bri
29/07/2008 05:46
¿Ha solicitado modificación de medidas? ¿Cuándo y en qué circunstancias? ¿Se han tenido en cuenta en dichas solicitudes todas y cada una de las circunstancias que usted comenta?

Evidentemente usted está en estas circunstancias desde hace sólo 6 meses (desde que está en el paro), luego antes de esa fecha es previsible que no le concediesen la modificación solicitada, pues el juez debió estimar que las circunstancias no se habían modificado sustancialmente desde que se estableció la obligación.

Con respecto a estar actualmente desempleado, si es usted quién voluntariamente se ha dado de baja en su empleo, el juez tampoco lo tendrá en cuenta a la hora de modificar a la baja dicha pensión de alimentos.

Respecto del trabajo de su hija, ¿desde cuando está trabajando? ¿Es un contrato fijo, temporal, en prácticas? Todo ello se tendrá en cuenta a la hora de reducir, suprimir o extinguir la obligación de prestarle alimentos.

¿Por qué el juez le deniega ahora a usted la modificación?
29/07/2008 15:13
Estoy en paro exactamente desde Febrero de 2007(18 meses). En Junio de 2007, estando ya en paro en contencioso con mi empresa por despido, tiene lugar el divorcio; el juez considera que las medidas continúen igual, sin ningún tipo de modificación.

Por otra parte, significar que el entorno y posición social de mi ex-mujer es muy superior al mío.

El contrato de mi hija ha tenido una duración de un año. Mi conocimiento del mismo me llegó a través del INEM, al rebajarme el importe de la prestación e interesarme por ello. El último mes (un año después) el importe abonado por el INEM fue restablecido, lo que indica en principio, la finalización del contrato de trabajo de mi hija.

Mi abogado tiene conocimiento de que mi hija mayor ha estado trabajando, del mismo modo que supo en su momento que mis dos hijas han tenido beca de estudios, a la vez que yo pagaba el total de matrícula, libros, rbos mensuales de estudios, material escolar, fotocopias, etc... He tenido varios abogados en estos aprox 6 años y todos ellos al contratar sus servicios se extrañaban de mi situación, no se creían lo que me sucedía... Después, simplemente, no hacían NADA y si yo reincidía en mis reclamaciones, me decían que si no estaba satisfecho buscara otro letrado (es comprensible que en una ciudad relatívamente pequeña en muchos de los cotenciosos, si uno de ellos o alguno de sus familiares ocupa una posición social muy elevada, tiene "todo" a su favor...y, casualmente, yo estoy en el otro extremo.