creo que si el vehículo es de su propiedad infringe el art. 236 del codigo penal que dice que sera sancionado el que siendo dueño de una cosa o actuando con el consentimiento de éste la sustrajera de quien la tenga legitimamente en su poder.
Podriamos encontrarnos tambien ante una desobediencia a los agentes de la autoridad, siempre que los hechos solo sean constitutivos de falta y no de delito. Habria que saber, si entro en el recinto con o sin autorizacion y si se enfrento con algun agente que custodiaba el deposito o no.