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pena por estafa

8 Comentarios
 
Pena por estafa
31/07/2013 00:48
He cometido un error. Me convencieron para hacerme pasar por una persona de R.R.H.H. y cobrar la recaudación de una empresa bastante importante. Me facilitaron el impreso que me tenía que firmar la chica que cobraba las entradas y su num de telf. Accedí, y le llamé. Quedé con ella, me firmó el impreso y me entregó 1800 €. Los repartí con la que me incitó al echo. Otro de mis errores, es que fui con el coche de mi pareja y con mi hijo en la sillita trasera y me grabaron las cámaras. La guardia civil identificó el coche y llamaron a mi pareja,( que no sabía nada), y el me llamó preguntándome que había hecho. Me quería morir. Mi pareja se puso en contacto con un amigo suyo guardia civil y nos dijo que debíamos reunir el dinero y devolverlo inmediatamente. Así lo hice...pero me gustaría saber que me puede pasar. Mañana tengo el juicio y tengo mucho miedo. Todavía no se como lo pude hacer......Me podeis ayudar?
31/07/2013 20:38
Que pena conlleva usar una tarjeta de credito ajena de un familiar con un importe inferior de 200euros?? Contesten rapido porfabor,gracias un saludo!
31/07/2013 23:36
Has cometido delito estafa, y si has dado otros datos personales que no sean tuyos, Delito de usurpación de estado civil.
Artículo 248

1. Cometen estafa los que, con ánimo de lucro, utilizaren engaño bastante para producir error en otro, induciéndolo a realizar un acto de disposición en perjuicio propio o ajeno.

2. También se consideran reos de estafa:

a) Los que, con ánimo de lucro y valiéndose de alguna manipulación informática o artificio semejante, consigan una transferencia no consentida de cualquier activo patrimonial en perjuicio de otro.
b) Los que fabricaren, introdujeren, poseyeren o facilitaren programas informáticos específicamente destinados a la comisión de las estafas previstas en este artículo.
c) Los que utilizando tarjetas de crédito o débito, o cheques de viaje, o los datos obrantes en cualquiera de ellos, realicen operaciones de cualquier clase en perjuicio de su titular o de un tercero.
Ir a Norma modificadora Artículo 248 redactado por el apartado sexagésimo primero del artículo único de la L.O. 5/2010, de 22 de junio, por la que se modifica la L.O. 10/1995, de 23 de noviembre, del Código Penal («B.O.E.» 23 junio).Vigencia: 23 diciembre 2010
Artículo 249

Los reos de estafa serán castigados con la pena de prisión de seis meses a tres años, si la cuantía de lo defraudado excediere de 400 euros. Para la fijación de la pena se tendrá en cuenta el importe de lo defraudado, el quebranto económico causado al perjudicado, las relaciones entre éste y el defraudador, los medios empleados por éste y cuantas otras circunstancias sirvan para valorar la gravedad de la infracción.
01/08/2013 02:28
Una duda que tengo porfabor,si alguien utiliza una tarjeta de credito ajena con un importe de 200euros puede ingresar en prision? Es una consulta que les hago si pueden contestenme rapido porfabor,mil gracias de nuevo!!
01/08/2013 10:26
A falta de más datos (¿cómo obtuvo esa tarjeta?, ¿como obtuvo las claves?, etc), y de saber si existen otras variables (antecedentes, medidas cautelares por otras causas, etc.). NO, no se ingresaría en prisión por ese hecho.
01/08/2013 18:28
De acuerdo con GC76. Según como se produjeron los hechos, pueden derivarse responsabilidades en otros delitos.
Espero haberle ayudado,
Victor_Penal@indiciodigital.es
01/08/2013 20:53
Si la tarjeta no es tuya y la misma procede de un delito contra el patrimonio, y tú la usas, cometerías Falta de Estafa y (DELITO DE RECEPTACIÓN, ya que la misma proviene de un delito), ésto únicamente en el caso de que la tarjeta tenga una procedencia ilícita.
01/08/2013 20:54
Lo anterior del delito de receptación, sería siempre y cuando tú no hayas participado directamente en la "sustracción de la tarjeta", Suponiendo que proceda de un delito...si no, nada.
04/08/2013 01:05
Mi pregunta es la siguiente: En el año 2000 y 2001 cometí 2 delitos de estafa en 2 empresas diferentes al hacerme con unos talones en blanco, firmarlos y cobrarlos. Por el delito de 2000 ya fuí condenada a pagar lo que había sustraído (6000 euros) además de una multa. No llegué a pagarlo en su totalidad ya que me quedé sin empleo y tuve dificultades económicas y dejé por pagar más de la mitad de lo que me impusieron. En el 2º delito, el cometido en 2001(cerca de 24.000 euros), solo me llevaron ante el juez y me puso la obligación de firmar los días 1 y 15 de cada mes. Es decir, que ahora en Agosto hace 12 años que vengo firmando religiosamente cada 15 días y nadie me ha llamado para ningún juicio. Mi pregunta es: ¿Este último delito ya ha prescrito? ¿y el primero que cometí que no lo pagué en su totalidad ha prescrito también contando con que me impusieron la pena en 2003? La verdad es que tengo miedo de que algún día me pare la policia en cualquier sitio y me puedan detener si no ha prescrito y estoy en busca y captura por no pagarlo o de que esté en algún hotel y sabiendo que en los hoteles todos los días se le pasa a la policia la relación de nuevos clientes con sus DNI, estos se presenten y me detengan. O de que quiera ir a renovar mi pasaporte y me detengan en la misma comisaria. Muchas gracias.