Saludos a todos los miembros del foro. Ruego que aunque sea largo me lean por favor. Hace mucho que no entro, pero hace un par de dias me entere de una noticia que me preocupo, fueron las declaraciones del Secretario de estado de la Seguridad Social. El señor Octavio Granado dice que se va a endurecer los criterios para acceder al servicio de pensiones. Yo soy pensionista desde el año pasado con una IPT para mi trabajo habitual. Mi trabajo era del sector comercio, concretamente en un supermercado. Padezco de un trastorno adaptativo y disfuncion de la personalidad, aparte la sintomatologia es: ansiedad permanente, panico, tristeza, ideas suicidas, paralisis del sueño, anhedonia, perdida de relaciones, aislamiento etc etc, tod o ello lo tengo en los informes medicos de mi sicologo. Tambien padezco una maculopatia central serosa de la cual no hay tratamiento alguno y que a su vez va degenerando, con perdida de vision lateral por somatizacion. De tratamiento tomo ansioliticos fuertes y dos antidepresivos. Por todo lo anterior me dieron la incapacidad. En dicha resolucion se quedo a espera de informes de neurologia que en aquel momento aun no me habian llegado. A lo largo d este año he recabado informes de mi neurologo en los que me diagnostican de cerbro migrañoso con intervalos de 4 a 5 crisi al mes de entre 3 y 5 dias deduracion, sonofobia y fotofobia que se prevee que se agrabara con el tiempo y por ultimo una hernia de hiato que tampoco estaba diagnosticada cuando se me concedio la pension. Aun teniendo informes de todo tengo panico ya que en la resolucion pone que me podran revisar en septiembre de 2019. La primera pregunta es ¿con lo anterior expuesto peligra mi pension? Y la segunda es ¿me pueden llamar antes de la fecha que pone la resolucion? Gracias a todo
Hola. Si la incapacidad permanente te la concedieron en el año 2017, muy probablemente no te revisarán. En cambio si te la han reconocido en el año 2018, seguro que te iniciarán un expediente de revisión.En los casos de revisión a los dos años el INSS no suele revisar casi nunca pues si eras fijo de empresa te quedarías sin pensión y sin puesto de trabajo pues el artículo 48, 2º del Estatuto de los Trabajadores, una vez reconocida la incapacidad permanente hay una reserva del puesto de trabajo durante dos años.
De todas formas, por si acaso, es conveniente que vayas reuniendo informes médicos.
Saludos
Buenas tardes Expertolaboral. Efectivamente me la concedieron a finales de 2017, pero previamente en enero de ese mismo año fui despedido inprocedentemente, al estar de baja, por la empresa en la cual estaba con contrato indefinido. Dicho despido se solvento en conciliación y deje de pertenecer a la empresa previo pago de finiquito e indemnización. Durante los meses posteriores al despido seguí de baja y cobrando por el auto-seguro de la empresa a la que pertenecí y a finales de ese mismo año es cuando me conceden la incapacidad para mi trabajo habitual. En este caso no tendría derecho a la reserva del puesto de trabajo por que ya estaba despedido, significa eso que soy mas susceptible de que me llamen para revisión. Temo mucho que me la quiten y no por no estar enfermo si no por pura política. gracias por responder y un saludo.
Hola. Tranquilo. Como la revisión es el 2019, es decir dos años desde el reconocimiento médico en el EVI casi seguro que no te revisarán. No cuenta si tienes puesto de trabajo o te despidieron.
De todas formas durante un par de años sigue recopilando informes médicos del psiquiatra de la Seguridad Social.
Saludos.
Muchas gracias de nuevo por tu pronta respuesta. En este ultimo año me han diagnosticado de cerebro migrañoso, fotofobia y sonofobia, este ultimo diagnostico no se tubo en cuenta cuando me concedieron la pensión ya que estaba aun en estudio, en el informe en el que explican el por que me la conceden se basan principalmente en la depresión tocando de refilon la maculopatia pero el tema neuronal pone que esta en estudio. Los informes que a día de hoy tengo y los que me entreguen en los próximos meses me pueden servir? Muchas gracias de nuevo, es un placer contar con personas que te ayudan a despejar este tipo de dudas que nos intranquilizan tanto. Un saludo.
Me concedieron una incapacidad permanente total en Septiembre del 2017 ,con revision a los 2 años .Cuando solicité una ayuda, tuve que pedir certificado de minusvalía y me dieron el 51%, mi duda es ,si cuando me revisen ¿ me pueden quitar la incapacidad? Con esta minusvalía y 60 años ¿donde voy a trabajar si ya era fija en la empresa?.Y muchísimas gracias por este foro me ayudó muchísimo en mi proceso de incapacidad