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Pedir la venia

12 Comentarios
 
05/07/2008 18:04
La concesion de la venia es un trámite de mera cortesia. Si el abogado que la solicita no recibe la venia no pasa nada el nuevo abogado inicia las acciones judiciales o se persona en el procedimiento y punto. El Juzgado tendrá por designado al nuevo abogado sin que pueda poner peros.

msanpere tiene toda la razón del mundo si la nueva abogada desconoce esto que Dios nos coja confesados.
05/07/2008 14:01
¿Cómo va el asunto,gemica?
24/07/2007 12:36
no, no te preocupes, no molesta, mi nueva abogada le pidio la venia a la otra este viernes,es decir el 20 de Julio,ella me ha dicho que esta semana maximo tendra el expediente, pero yo dudo mucho que la otra se lo de tan fácil, igual tiene medios que yo desconozco, confiare en ella porque como me salga igual que la otra...
24/07/2007 12:29
Disculpa, pero estás segura de la competencia de la nueva abogada???? Con todos mis respetos pero creo que no eres tu (el cliente) quien debe preocuparse per la venia, sino que tu abogada tiene el derecho y la obligación de conseguirla, por cuantos cauces sean necesariso. Así que si tu nueva abogado no es capaz de solucionar un tema como éste, sinceramente, no estaría yo muy tranquila en sus manos. Sea dicho repito con los debidos respetos pero es que no entiendo como tu abogada tolera esta situación durante meses!!!!!!
23/07/2007 08:05
pues no sabes lo que me alegra que me digas eso, el problema lo tengo ahora en que el año hace el 9 de Octubre y que la abogada aun no ha dado el expediente a la abogada nueva, y no creo que se lo de hasta finales de septiembre porque como siempre nos da largas con que tiene mucho trabajo, que tiene vacaciones, bla bla bla... a ver si por una vez tengo un poquito de suerte con esto porque estoy bastante mal. gracias
20/07/2007 17:28
En principio sí.
20/07/2007 12:57
en cataluña no estamos, no se como se interrumpe la prescripción, lo único que se es que la abogada envio un telegrama al tramitador de la compañia contraria diciendole que el caso estaba sin resolver, con eso se interrumpe?
20/07/2007 12:18
A no ser que se esté en Cataluña, donde el plazo es de tres años, la acción sobre la responsabilidad extracontractual del 1902 del Código Civil, que es la base de su reclamación por lo que cuenta, caduca al año del accidente, a no ser que se interrumpiera la prescripción.
20/07/2007 11:55
el problema del tiempo es que a principios de octubre hace dos años del accidente y creo que es el plazo maximo para presentar demanda, aunque a lo mejor ni es eso así, yo no entiendo nada de todo esto
20/07/2007 11:40
La venia la pide un compañero a otro de forma amistosa. Si éste último se niega o se retrasa injustificadamente, se le pide al Colegio de Abogados y punto.

El tiempo depende de la prisa del asunto y de la cortesía y paciencia que tenga el abogado que la pide.
20/07/2007 11:08
pero quien estima que tiempo es lo antes posible, porque llevamos con ella ya dos años y no ha hecho nada, ni ha presentado demanda ni nada, y encima nos quiere cobrar, es que veo que se pasan otros dos años, no nos da documentación y encima prescribe todo
20/07/2007 11:02
No se puede negar a darte la venia, en cuanto al tiempo debe de ser el menor posible.
Pedir la venia
19/07/2007 17:54
Se puede negar un abogado a ceder la venia de un caso a un compañero??cual es el tiempo maximo que tiene para ceder la venia??