hola, yo tengo un problema similar, mujer de 50años, caida en el acceso del hospital, la reclamacion en principio la remitire al sevicio de salud de la comunidad, los daños fueron 4puntos de sutura en la cara (boca) y heridas en las rodillas, no se como evaluar eso economicamente por el baremos, alguien me puede ayudar???
Maika, si tu crees que para aquello para lo que te han designado no se puede llevar a cabo haz el escrito de insostenibilidad. Luego la Comisión decidirá. Ocurre muchas veces.
He leído este tema, y quería preguntar, tal y como he hecho en el apartado procesal, que pasa si estoy de oficio en un procedimiento monitorio, y llevo a la parte demandada, y éste acredito el pago antes que yo pudiera intervenir, y ahora se archiva el caso.
¿Que tengo que hacer? ¿tengo que plantear una insostenibilidad de la pretensión?
Para plantear la demanda en vía administrativa NO designan abogado de oficio. ´Solo es para actuaciones judiciales. Así que si te han designado y esa persona no había hecho escrito previo creo que puedes plantear la insostenibilidad de la pretensión.
Salvo mejor opinión.
Te aconsejo que consultes a tu colegio de abogados (por si acaso en el mio las cosas son de otro modo...)
Hola Serafin, yo entiendo que si el ayuntamiento le ha denegado la indemnización, ésta vecina tendrá que buscarse un abogado para que le plantee un recurso contencioso administrativo ante el juzgado.
Queria preguntaros cuando tiempo hay que esperar cuando se interpone la reclamaacion en el ayuntamiento y se entienda que hay silencio administrativo.
tambien queria saber si para ir a la via judicial es obligatorio ir con abogado y procurador.
Gracias
A colación con el debate de este tema, les cuento un caso que le ha pasado a una vecina: resulta que el ayuntamiento realizó unos rebajes de las aceras, de unos 15 cm. De forma rectangular, para colocar contenedores de basura. Pues bien esta vecina, caminando y hablando distraída con otra persona, al fallarle el nivel, y no haber contenedor, se precipitó y efectivamente, igual que el caso que se comenta, un esguince. Pues bien planteó una reclamación al ayuntamiento y le contestaron que no tenía derecho puesto que el rebaje está marcado con unos ladrillos de distinto color. O sea, que si vas caminando por las aceras tienes que ir mirando cuando los ladrillos cambian de color para saber si son rebajes o son decorados.¿ que les parece?
Exacto. Si el cliente ha padecido lesiones y le restan secuelas, tendrá que solicitar antes informe del Centro Médico que le haya tratado en donde se refleje tal circunstancia. Informe que deberás acompañar a la reclamación.
Ten en cuenta que, aunque tu cliente no trabaje, los días de baja se pueden considerar impeditivos si ha estado impedido para su ocupación habitual (la jurisprudencia no lo identifica necesariamente con trabajo).
Recuerda que tienes 1 año de plazo a contar a partir del alta médica (no del día de la caida) para formular la reclamación patrimonial, y que no es necesario que cuantifiques económicamente la reclamación en dicho momento. El reglamento dice que evalues el daño si fuese posible. Remítete al baremo.
Sin informe médico que refleje que restan secuelas no vas a ningún lado. Podrás reclamar por el periodo de incapacidad temporal según cuantía fijada en baremo (aplica el de más actual ya que se tratan de deudas de valor).
No obstante, si es de oficio, léete la Ley de Asistencia Jurídica Gratuita porque podrás solicitar una pericial médica en el pleito y no le costará un duro a tu cliente.