Hola a todos .
a ver si alguien me puede ayudar en resolver mis dudas ,
Mi pareja y yo, nos inscribimos como pareja de hecho en un ayuntamiento de sevilla hace un mes ,y ya nos ha llegado la carta de la resolucion positiva por parte de el ayuntamiento ,en esta carta nos dice que la resolucion es transmitida a la Junta para el asiento en el libro de registro de pareja de hecho .
Quiero saber ,si con la carta de resolucion del ayuntamiento y mi passaporte son validos en caso de un control policial rutinario ,o por el contrario me pueden surgir problemas legales?
Tengo que pedir el certificado del registro al ayuntamiento donde hice los tramite ,o esperar que la Junta me la mande a mi casa?
por ultimo quiero saber si la desicion de la junta puede estar lo contrario a la resolucion del ayuntamiento ?
gracias por contestarme .
Lo que necesita para solicitar la tarjeta de residencia como familiar de ciudadano de la Unión es el CERTIFICADO DE INSCRIPCIÓN EN EL REGISTRO, expedido por el Encargado del Registro de Parejas de Hecho, con una antigüedad no superior a tres meses y al mismo tiempo, los certificados de estado civil de ambos.
Lo que le han hecho llegar, por lo que usted menciona, es la resolución de aprobación de la inscripción, luego de calificar que la solicitud cumplía con los requisitos y los documentos estaban completos.
De acuerdo con el Real Decreto 240/2007, puede acreditar su situación de beneficiario del régimen comunitario mediante cualquier medio de prueba admitido en Derecho, sin perjuicio de su obligación de solicitar la tarjeta. Aunque, en lo que se refiere a parejas de hecho, la fuerza del certificado de inscripción, siempre será mayor. Usted y su novia aún no están inscritos, solo se ha determinado que cumplen con los requisitos para ser inscritos.