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pedir custodia compartida

13 Comentarios
 
Pedir custodia compartida
20/05/2007 10:07
Hola, despues de hablar con mi pareja, he decidido solicitar custodia compartida el dia de la vista, porque si, por varias razones: porque la psicologa del juzgado me ha dado como directriz "ceder" a mi ex, porque ella va a ser la que tenga el poder de hacer que mi hija en un momento dado me rechace, (es fuerte escuchar eso), porque aunque tenga que hacer maravillas para los horarios de mi hija, las hare, y porque me encantaria poder disfrutar de mi hija como hasta hoy lo esta haciendo su madre, y verla levantarse, y contarle un cuento por la noche, y que me enseñe las tareas que ha hecho en el cole...Necesito sentir que tengo una hija, y creo que mi hija necesita sentir (no saber)que tiene aqui a su papa para lo que necesite...No se si me la concederan, pero lo voy a intentar...Pero necesito el consejo de alguien que la haya solicitado, se la hayan concedido, en el sentido de no "equivocarme" en como pedirla...
No se si me explico, a la hora de fijar las pautas en la custodia, que no se me escapen detalles que el dia de mañana nos den problemas, tanto a mi como a mi ex..., que se quede todo especificado sin lagunas...Si alguien puede aconsejarme, lo agradeceria...
20/05/2007 11:20
No tiene que justificar sus razones para desear seguir ejerciendo la plena patria potestad sobre su hija; es lo mas natural del mundo
El problema es que las Custodia compartidas sin acuerdo de los progenitores son todavia excepcion y no norma- Es mas le informara su letrado que tiene muy pocas posibilidades de obtenerla. Se maneja el dato de 95% de custodias unicas maternas y es comunmente aceptado.
Con ello no quiero desanimarle en absoluto, si no hacerle consciente de la realidad que se vive en los juzgados. Su letrado querra dedicar el esfuerzo en el resto de cuestiones que e dirimiran en el proceso a sabiendas que en la custodia no tiene nada que hacer; es un buen consejo letrado vista la realidad de las cifras.
Pero personalmente le destaco tres puntos que no suelen dacirse.
PRIMERO: si cede Ud voluntariamente la custodia ese hecho ni lo dude va a paesar en cualquier accion procesal posterior
SEGUNDO: Ud va a evolucionar y puedo asegurarle que si lucha por la custodia ( compartida o unica paterna en defecto de quella) basamentara una tranquilidad que de otra forma no es viable.
TERCERO: los niños entienden hechos mas que palabras y es indudable que cara a la futura relacion paternofilial el que Ud luchara por seguuir siendo el padre es muy importante para ellos; subyace la idea que fue Ud obligado por la justicia a alejarse de el y no por su voluntad

Como ve los tres aspectos son referidos a que finalmente se dicte una custodia unica materna. Pero la vida esta en los juzgados. Le aseguro a Ud que a parte de la matematica judicial ( si realmente lucha por la custodia de la niña tenga casiseguro que en el menor de los casos obtendra un regimen muchisimo mas amplio y favorable), esta la posicion materna en la que le aseguro "pierde pie". Hay muchos muchisimos casos que demuestran que influye decisivamente la posicion del padre mas en la madre que en el juzgado. Yo mismo soy padre custodio unico de los dos hijos del matrimonio a pesar que se dicto la habitual sentencia en primera instancia, pero a los pocos dias logre un acuerdo ( ruinoso economicamente) por el que se me otorgaba a mi como padre la custodia de los dos hijos.
Un saludo y suerte
20/05/2007 19:39
Creo que el análisis de como enfocar la solicitud de la cc compartida debe ser asesorado por abogado y sicólogo infantil, no soy ninguna de las dos cosas, sólo un padre que la solicita también y que la basa en lo siguiente (tras procurar estar informado y asesorado) y argumentando cada cuestión por el interés del menor:
0.- Comprobar que no exista historial de situaciones que "impidan" la consecución de la guardia y custodia por alguna de las partes. Evitar que ese historial pueda comenzar tras saber que se pretende la CC...(por ejemplo, por denuncias interesadas de parte para conseguir ventajas...o para evitar la posibilidad de que se estudie la concesión de la CC)
1.- Historial demostrable sobre atenciones que hayan recibido los hijos antes de la separación por ambos progenitores, idem. despues de dejar de vivir juntos (atenciones domésticas, asistencia al pediatra con él, seguimientos escolares en tutorias y asoc de madres y padres de alumnos, fomento y acompañamiento a actividades extraescolares, parques, etc.)
2.- Reflejar las ventajas que los hijos tendrán conviviendo alternamente con ambos padres frente a los inconvenientes de convivir únicamente con la madre (ejemplificación que podrán asimililar y reproducir en el futuro al alternar la convivencia con ambos progenitores al ver que estos compaginan vida laboral y familiar frente a sobrecarga para uno y "despreocupación por sentencia" a que se fuerza al otro en las custodias monoparentales; apreciación por el menor de diversidad de criterio para acometer y solucionar los problemas cotidianos y generales frente a disponer de un único referente excepto en días no lectivos y en temas de ocio fundamentalmente; apreciación por los menores directamente del interés y atenciones que ambos progenitores demuestran por ellos, impidiendo así que uno de ellos influencie a los menores convenciendolos de situaciones que no son reales ni sobre las que el menor podrá contrastar si hay custodia única; apreciación por los menores que la igualdad de funciones entre sexos se puede desarrollar frente a oirla en teoría y no apreciarla en la práctica si hay custodia monoparental; etc.)
Dejar claro que el menor dispone de dos personas que pretenden lo mismo hacia él pero con capacidades y actitudes distintas para apoyo escolar, emocional, social, etc. del menor (indicando en que apartados el padre, por ser quien pide la CC, puede aportar esencialmente y qué) Si se ve necesario aportar informe sicológico de parte al respecto y/o solicitar sicosociales adscritos al juzgado. Proponer, si se considera conveniente, una terapia individualizada o conjunta a ambos progenitores para acometer esta etapa que implica coatender a un menor no conviviendo ambos progenitores tras una separación o divorcio y un seguimiento para su buen fin.
3.- Propuesta de organización anual de la convivencia (dividida en periodos más o menos amplios según edad de los menores, cercanía de domicilios paternos, horarios de trabajo, periodos vacacionales, reflejando los cambios de convivencia con cada uno lo mas exacto posible incluso en día y hora; reflejando alternancia en días señalados como cumpleaños de los menores y padres, festividades navideñas u otras a las que se de valor familiar; etc) Fórmula en que cada progenitor debe informar al otro en cuanto a cuestiones escolares, sanitarias, de conducta, etc. del menor para el seguimiento y actuación correspondiente por cada parte.

Lógicamente, según circunstancias de los menores y adultos cada cuestión indicada puede estar suponer poco mas que una linea o requerir extensión y medios de prueba.

Creo que supone un trabajo personal, y de los profesionales contratados, muy en detalle, de modo que la conveniencia de lo solicitado sea evidente. Que la situación respecto a la concesión de CC no es generalizada es evidente, pero creo que cada caso, y la forma de plantear y demostrar la conveniencia puede influir de lleno. Pero también hay que tener en cuanta que tampoco es que se soliciten muchas, y que no todas las solicitadas llegan a dejar evidente su interés para el menor.

21/05/2007 11:09
A veces me pierdo de todo esto...
Acabo de hablar con mi abogada para decirle que el dia de la vista pida custodia compartida, pero me dice que eso no se puede hacer, que como la demanda esta hecha solicitando regimen de visitas, que ahora eso...en fin, que el juez poco mas que nos puede madar a paseo. Como yo le he dicho: las circunstancias desde hace un año que se solicito la demanda han variado mucho, y que era ella la que debia hacer ver eso al juez...Pero me dice que a las alturas que estamos...En fin, que todas mis ilusiones me las tira para atras...
¿¿Realmente no puedo pedir eso en la vista??
21/05/2007 14:00
¿La demanda esta hecha por y para comodidad de tu abogada??,¿ o es que realmente prima el bienestar de tu hija?

Tu hija como cualquier niño necesita de su padre y de su madre y esto es lo que debería ser prioritario.

Te animo a que lo plantees y no engroses la lista de esas estadísticas que dicen que la gran mayoría de hombres, no piden la custodia compartida. Hay mucho padre mal asesorado, que ante lo que cree imposible tira la toalla, a pesar de querermuchísimo a sus hijos.

A por la custodia compartida.
21/05/2007 14:10
Te tomo tus animos sirena. Voy a pedirla, pero realmente me efecta el hecho de que con todo en mi contra, mi abogada, que supuestamente es la que tiene que estar de mi lado en todo esto, me de ese puñetazo...Supongo que os hareis una idea de que si tienes que defender algo en lo que no crees, no va a ser una buena defensa... Y es lo que me machaca por dentro, que en vez el animo provenga de mi abogada y me diga, "pues vamos a por ello", lo que me dice es que de un paso para detras... Y lo que yo digo, "lo peor" que me puede pasar es el regimen de visitas, pero coño, (con perdon), eso es lo que estoy pidiendo, ¿por que no pedir algo mas, si el no ya lo tengo?!!!
21/05/2007 14:43
Por si te sirve de algo,yo firme un convenio regulador,donde se especificaba que la custodia era compartida,y en interes del menor accedi a que viviera consu madre en el domicilio familiar,aunque mi hijo pernoctaba en mi casa algunos dias y lo veia todos los dias para actividades extraescolares ,incluso subia a "Mi casa" (domicilio conyugal) a hacer los deberes practicamente todos los dias.Mi ex decide marcharse de Madrid y presento demanda de separacion solicitando se la impida marcharse con el menor si acuerdo o sin autorizacion judicial.Al ver que la decision era firme solicito en la vista la atribucion exclusiva de la guarda y custodia para mi y en la vista de separacion por oposicion de el letrado de mi ex nos lo deniegan por considerarse una modificacion del petitum de la demanda expresamente prohibido en el articulo 412.1 de la LEC 1/2000.
presento apelacion ante la Audiencia Provincial de Madrid y se desestima la misma,por considerarse que el juzgado de familia actuo segun las circunstancias en ese momento(el traslado no se habia materializado) y recomendaban un procedimiento de modificacion de medidas que segun la sala no tiene las limitaciones de ua apelacion.Lo que creo que te interesa es que aun desestimando la apelacion dice textualmente que "La proyeccion sobre el supuesto analizado,permitiria al actor la modificacion que,con respecto a sus peticiones iniciales,realizo en el acto de la vista celebrada ante el Organo a quo,al solicitar,en dicho momento procesal,la asuncion de la guarda y custodia del comun descendiente,y ello sobre la base del riesgo del desplazamiento del menor fuera de la ciudad de residencia habitual,por lo expuesto,no queda vedado por las previsiones genericas contenidas en el articulo 412 de la LEC.
Mañana tengo la vista de modificascion de medidas y aunque en estos casos en mejor ser pesimista,creo que se va a resolver a mi favor y tendre la custodia de mi hijo en Madrid para el proximo curso escolar.
Ya os contaré
21/05/2007 17:31
Xani creo que haces muy bien en pedir la custodia compartida, pero espero que te responda algún abogado para decirte si al ser la demanda para un regimén de visitas se puede cambiar el día de la vista por la petición de custodia compartida, igual tu abogado tiene razón y esto no se puede hacer. Si ya normalmente no se conceden las custodias compartidas , la sorpresa en este caso puede ser algo en contra, asesórate bien antes de hacer nada.
21/05/2007 18:30
Geno, el problema es que me quedan excasos 20 dias para la vista. No se como informarme y saber que esa informacion es la "buena". Tengo una amiga Juez, esta noche hablare con ella, pero se lo que me va a decir: Ella ve con horrores lo que sucede a diario con los temas de separaciones, y es lo que dice ella, que con la Ley en la mano tiene que morderse las entrañas. Me va a decir que la pida, pero tambien porque al ser mi amiga y ver lo que yo doro a mi hija, quizas no sea imparcial...No se si me explico. De todas maneras os dire algo en cuanto se me aclare un poco mi cabeza con todo esto.
Y bueno, tambien dependo del informe de la psicologa, que pese a que marcara como referente de la menor a su madre, sabe que mi hija tiene conmigo una relacion estupenda...
21/05/2007 19:01
hay tal riqueza y variacion procesal en los juzgados de familia que mas sabra quien actue en el que todo el conocimiento que el derecho adjetivo nos otorgue.
Juzgados donde la vista de medidas provisionales y la vista del proceso es la misma, juzgados donde no existe ni oral ni escrito de conclusiones........ seria ejercer de profeta.
En todo caso mas vale pedir y que se declare extemporanea impertinente etc que no hacerlo. Extrictamente pareciera que deberia instaurarse nueva accion.
Un saludo
21/05/2007 19:15

Yo no soy abogada, pero ante todo yo te diría que pienses por encima de todo en tu hija y lo que tu ves mejor para ella. Si estás convencido de que lo mejor es la custodia compartida tu actúa en conciencia y pídela. Infórmate, indaga, existen libros publicados sobre la custodia compartida, también me parece muy correcta la propuesta de José Ramón Viesca.

Por si te sirve, en mi caso soy una rara avis, madre no custodia. Yo siempre pedí la guardia y custodia de mi hijo. Pasé por un psicosocial y éste aconsejaba una custodia compartida. Yo la rechacé y en la vista dije que no quería una custodia compartida, actué en conciencia y coherencia con lo que creía mejor para mi hijo y lo que defendí durante todo el procedimiento. Al final le dieron la custodia al padre de mi hijo y lamentablemente el tiempo me ha dado la razón, hoy está en una situación de riesgo, solicité un cambio de medidas y creo que se va a proceder al cambio de custodia, eso espero. Te diría que actúes en conciencia y pensando ante todo en tu hijo, si estás convencido de la custodia compartida lucha por ella sin dudarlo.

Suerte

22/05/2007 06:13
Cada paso que he dado en este tormentoso año lo he hecho siempre pensando en mi hija. Incluso he cedido a deseos de su madre con respecto a mi nueva relacion, como no "dejarnos ver en publico" con el fin de que no repercutiera en mi hija y en lo que oyera con su familia materna, y te puedo asegurar que no es facil de entender ni de tragar...Pero lo hemos hecho precisamente por mi hija. Tuve que estar dos meses entrando a ratitos en la guarde porque mi hija se "reviró" y poco a poco, sin presiones, pero con muchas lagrimas nuestras, consegui que mi hija me aceptase de nuevo, sin ningun motivo por mi parte, sin ninguna causa, salvo las causas que su madre le dijo o que oyó, porque los pequeños no son tontos...
Todo lo hago pensando en ella, como hi hija, como menor, como afectada... y ojala todas las partes de éste proceso pudieran decirlo...
22/05/2007 13:33

Xani, ojo que no digo que no pienses en ella :-). A veces es que yo creo que ya vais desalentados algunos y de antemano con la idea prejijada de que no os concederan la guardia y custodia, tampoco la compartida. En mi opinión es un error. Si tu estas seguro de que esa es la mejor opción para tu hija pues no lo dudes pese a las estadísticas adversas, adelante.

Mucha suerte
23/05/2007 11:00
es que sinceramente es cierto lo que dices...voy(en este caso) desalentado, no lo puedo evitar, pese a los animos y la fuerza de mi pareja, pero son tantos ya los palos...
Aun asi, sigo sin tener claro si yo puedo pedir la CC en la vista, sin haberla solicitado en la demanda, no se si eso se considera "indefension" para la parte contraria, que supuestamente se lo va a encontrar se sopetón...Si alguien me puede contestar.