Una vez que usted ha adquirido la vivienda entra a formar parte de la comunidad de propietarios. Por lo tanto, a partir de ese momento tiene derecho-limitado como cualquier copropietario- a acceder al libro de actas de la comunidad. Para ello debe dirigir solicitud en tal sentido al administrador,secretario o Presidente de la comunidad.
Y ahora la pregunta del millón de dólares. Que pasa si el administrador es el típico fan de Risto Mejide? Pues entonces habría que comunicárselo a la Junta de Propietarios a través del presidente. Lo siguiente sería el juzgado. No creo que haga falta llegar a tanto. y ya sabemos la maldición del gitano, pleitos tengas y los ganes.
Una vez comprada la vivienda SÍ (se lo solicitas al secretario-administrador previamente)Y si ya eras propietario y ya te mandaron el acta y la has perdido y la quieres volver a ver, también sí, y si quieres fotocopias pues también sí (pagándolas) lógicamente no puedes ir todos los días...
Sentencias aparte, mi argumento es muy sencillo. El libro de actas es de la comunidad de propietarios, sí paso a formar parte de esa comunidad también es mío y como tal accedo a él. Otra cosa es que no pueda publicar su contenido. Tampoco se puede acceder a otros datos que tiene el administrador como por ejemplo los números de cuenta, números de teléfono, otras direcciones postales, etc.
El secretario de la comunidad custodia el libro de actas. Custodiar es guardar algo con cuidado y vigilancia. No es suyo, es de la comunidad.
No conozco normativa al respecto pero las podría pedir al propio vendedor al objeto de conocer los últimos acuerdos alcanzados en esa comunidad. También podría hablar con el presidente y el administrador para conocer de ambos el estado de la comunidad en su conjunto. Sobre la obligación a darle a usted las actas, no se la deberían de dar por la lógica de que usted aún no es propietario y en ella hay asuntos privados que podrían vulnerar la ley de protección de datos.
Pedir actas de las reuniones vecinales anteriores a la compra de la vivienda
Buenas tardes,
Por favor me podrían indicar si al comprar una vivienda se tiene derecho a que le faciliten las actas de las reuniones vecinales anteriores a la compra de la vivienda.