Buenas, hace tiempo pedí copia de algunas actas y de los estatutos verbalmente y lo único que conseguí fueron largas, así me saltaré el paso del escrito en mano con acuse de recibo y tiraré de burofax con sus 30€.
¿A quién he de pedir copia de una serie de actas atrasadas, presi (que no reside en la finca), tesorero (que se ha autonombrado presi en funciones) o secre? ¿En base a qué artículo de la LPH me las han de facilitar? Dado que las documentaciones como actas, cartas al presidente o sentencias se les facilita gratuitamente a algunos vecinos excepto a mí ¿debo solicitar factura si me cobran las fotocopias de las actas? Gracias.