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Pedí asuntos propios y me los han negado

15 Comentarios
 
Pedí asuntos propios y me los han negado
03/12/2019 19:52
Un saludo:

El caso es que necesito librar 2 días para no perder mi otro trabajo, y estoy dispuesto a agarrarme a un clavo ardiendo si hace falta.

Mi convenio pone: El trabajador podrá solicitar licencia, sin derecho a abono de retribución alguna, por asuntos propios que no admitan demora. La Empresa, teniendo en cuenta las necesidades del servicio, resolverá en un plazo máximo de dos días, a menos que la perentoriedad del asunto requiera la autorización inmediata y sin perjuicio de las sanciones que puedan imponerse si se alegan causas falsas. La petición deberá hacerse por escrito y con antelación suficiente.

Los solicite el viernes 29 y me respondieron hoy martes 3 mediando el fin de semana. lo veo mal pero no aclara si son días hábiles o naturales, sería excusable eso para un juez si me despidieran
03/12/2019 21:32
Anibaal
Buscando soluciones, porque no quiero una falta grave, os planteó está opción.

Tendría tiempo para incorporarme al trabajo donde pedí asuntos propios las 2 últimas horas. Así solo tendría falta leve según convenio, ver abajo

1.3 Constituyen faltas leves:
1.3.1 De una a tres faltas de puntualidad, durante un período de un mes,
sin causa justificada (hasta 30 minutos de retraso).

Entiendo que los 30" se refiere a una tardanza superior a ese tiempo. Asistir aunque solo sea unas horas no deberá ser faltar un día. Se agradecen opiniones
04/12/2019 08:31
Anibaal
Siempre que se hable de plazos en asuntos laborales se suelen manejar días hábiles (si lo pide un viernes y tienen dos días para responderle, sería el domingo, cosa que lógicamente nunca va a ocurrir), de todas formas la denegación debe ser por causa justificada y así se lo tienen que comunicar, no se lo pueden rechazar por causas arbitrarias.

No obstante, tenga cuidado con lo del retraso. Si ya le han denegado el día concreto y usted se presenta tarde, no se considera falta de puntualidad sino absentismo y puede conllevar sanciones mayores.
06/12/2019 21:40
Johnwick
Gracias por tu respuesta, también me he dado cuenta que este año trabajaré 1816h cuando el convenio estipula 1780, son 4,5 días de más. Menos 2 días que tuve consulta médica.
Puedo pedir esas horas?, estoy obligado a ir al trabajo por encima de mis horas anuales si van todos mis compañeros?, Si no me las reconoce?.
Es habitual que los calendarios laborales superen las horas naturales? Por ejemplo por si pides asuntos propios.

Creo que estoy abusando de vuestra sabiduría pero soy como un niño pequeño. Mi gratitud
18/12/2019 18:40
Anibaal
Bueno aún no ha llegado el día de los asuntos propios. Me agarrare al clavó ardiendo. Mi futura defensa ante el juez será.

1. Yo pedí los días con un escrito y me respondieron con un mensaje Guarro, no en papel
2. Yo presente el papel un viernes a las 14h, me respondieron un martes por mail con acusé de recibido 14:56, el cual habría a las 20h.

Alegó que la respuesta negativa superó el máximo de 2 días para avisar en 1 o 5 h según convenio, y el medio de comunicación es inadecuado. Tendría que ser en papel y no un mail Guarro, ya actualizaré el hilo
18/12/2019 22:24
Anibaal
No se trata de hacerlo bonito, si usted recibe un e-mail o WhatsApp o lo que sea ya tiene comunicación fehaciente de la empresa, usted lo que tuvo que hacer desde el día 6 hasta hoy , haber con ese mensaje denunciar ante inspección de trabajo, todo esto antes de exponerse a la situación que se plantea.
smo
19/12/2019 02:56
Anibaal
Si o especifican que son días hábiles... Entonces son días naturales.
19/12/2019 08:16
Anibaal
Sigo considerando que son laborales, si envía la petición un viernes a las 14:00 a la salida probablemente y la empresa no tiene actividad durante el fin de semana, es imposible que puedan recibir y atender la petición en plazo.
19/12/2019 22:20
Jamgrrhh28
No entiendo cómo la inspección de trabajo podría ayudarme en el corto plazo. Ya hace más de 3 meses puse una denuncia y sellada en el sindicato. Cuando vengan ya no habrá denunciante o problema
Igual me equivoco al leer las leyes y dónde pone dos es 21.

Gracias por los comentarios.
10/01/2020 15:11
Jamgrrhh28
Una pregunta Jamgrrhh28.

Habla de que si se recibe un email o whatsapp se considera una comunicación fehaciente.... ¿Quién certifica eso? Porque no todos los emails o mensajes llegan a su destinatario. Para eso existe finguras como el burofax o la carta certificada ¿no?

Muchas gracias, un saludo.
10/01/2020 15:34
Ergob
Me tomo la libertad de responder Ergob.

El email y WhatsApp te dan un justificante de envío o acusé de falló de envío. Si bien fehaciente del todo no es ya que dado el caso, el destinatario puede alegar no haber habierto el mensaje, hecho que también queda registrado en email y Whatsapp
10/01/2020 16:08
Anibaal
Gracias por tus comentarios Anibaal

Whatsapp por ejemplo, da esa información..... si el destinatario pqrmite que así sea.

Un email no tiene porqué tener acuse de recibo, de hecho lo habitual es que no lo tenga ¿no?
y en todo caso, a mi hace nada me estaban enviando emails que no llegaron. Yahoo tenía problemas en sus servidores y tena explicado. Quiero decir, no se si un proveedor de email y menos los gratuitos aseguran que el 100% de los email recibidos o enviados llegan a su destino.
10/01/2020 16:28
Anibaal
Como ya le han dicho, por ej, el WhatsApp queda registrado cuando la persona que lo recibe lo ha abierto así que queda fehacientemente demostrado que recibió la notificación, por supuesto lo más oficial es el burofax pero tan es el servicio más caro, así que por ej para notificar días de asuntos propios pues resultaría carísimo hacerlo mediante burofax y la empresa no puede negar haberlo recibido, más sencillo es entregar carta en la empresa con acuse de recibo, es decir con la firma de quién lo recepciona y si la empresa de negase a recibirlo valdría desde presentar dos testigos hasta el burofax, ya le digo, lo más seguro es el burofax pero estas otras formas queda demostrada la recepción del mismo
12/01/2020 23:31
Jamgrrhh28
Estoy cienfo que por whatsapp no sería una opción.

Tengo claro que con un burofax no hay lugar a duda alguna pero sigo teniendo reservas sobre la opción email, que claro, no tiene el coste del burofax.
13/01/2020 02:19
Anibaal
El e-mail no demuestra lo que se recibe, solo que se envía un mensaje, no se porque descarta el WhatsApp y el burofax es lo más seguro pero tb lo más caro, (tiene narices que para exigir a la empresa te responda a un dcho del trabajador encima le cuesta una pasta), por último, perfectamente válido sería entregar escrito en la empresa y que te firmen el recibi, di no lo firman lleva dos testigos y listo.
13/01/2020 23:07
Jamgrrhh28
El burofax no se descarta, es ciertamente lo más fiable, únicamente que tiene un coste (el envío más la certificación de contenido) pero no tiene más ciertamente.

Muchas gracias