Hola, acaban de darme una sentencia en la que me dicen que no yo fui atropellado por un coche, a pesar de las lesiones reconocidas por el forense, sino que fui yo quien interceptó el coche y que por tanto el conductor no tenía la culpa a apesar de que dio positivo en el control de alcoholemia.
La sentencia es de la audiencia provincial y quisiera saber si puedo recurrirla, ante quien, y en que plazo, ya que el abogado ha tardado 15 días en comunicarmela por que según el no merece la pensa continuar.
usted puede apelar la sentencia ante una instancia superior para que rectifiquen su caso o ante jusgado de arbitraminto para que le den solucion a su caso en tiempo de ocho dias maxsimo
Imagino segun indicas que la sentencia es penal, es decir por un delito de alcoholemia en elque se pronuncian sobre responsabilidad civil o no.
O sencillamente se planteo por tuy letrado demanda declarativa en funcionde la cuantia, en ese caso ya se ha dictado sentencia del recurso de3 apelacion y habria que concretar por la cuantai si queda abierta la casacion o no de condformidad con el 447 de la LEC, aunque creo que el tema es penal, pero casi con seguridad que ha fallado la audiencia en doble instancia , es decir también se habria formulado recurso de apelacion frente a una sentencia de un juzgado de lo penal.
De cualuqier forma aclarame el tipo de procedimiento en el que se ha dictado sentencia y tratare de ser mucho mas concreto
No entiendo nada de lo consultado. Podrías ser más preciso amigo Rub. Da la sensación que lo que dice la sentencia dictada en vía penal es que tu atropellaste al coche y no el coche a tí y, dicho pronunciamiento, es absurdo.
Otra cuestión muy diferente es que el siniestro hubiere sido buscado de propósito por tu parte y así venga declarado en la sentencia penal, lo que indudablemente te debería haber ocasionado múltiples problemas y, desde luego, lo de menos sería reclamar una indemnización por las lesiones.
Si transcribes el fundamento del fallo quizás podamos ser más explícitos.
Estimado Alegato, aunque parezca una sentencia absurda, la verdad es que dice lo que ya había comentado, que yo intercepté el coche al pasar por el paso de cebra.
Los hechos fueron así, cruzaba un avenida de 3 carriles por cada sentido, crucé en verde la primera parte hasta la mediana, luego segui cruzando sin darme cuenta de que ya estaba en rojo, entre el primer y segundo carril (tras la mediana) me di cuenta que venía el coche y me quede quieto paralizado, y el coche me arrollo, según el juez intercepté yo el coche.
Mi pregunta era si tengo posibilidades de continuar por la vía penal, tras la sentencia de la audiencia provincial en contra, o si puedo ir por la via civil en reclamación de los daños ocasionados.