os expongo mi caso : hace unos 10 meses consegui la patria potestad de mi hijo menor, pero aun no tenemos firme la sentencia, ya que al padre de mi hijo lo han tenido que citar por edictos en el boletin oficial de mi comunidad autonoma. mi pregunta es: ¿ si hace 2 meses fue citado , cual es el plazo para que la sentencia sea firme? ya que mi ex pareja esta en paradero desconocido . muchisimas gracias por vuestras ayudas
Si no te la quitaron no has podido conseguir la patria potestad, supongo que te refieres a la custodia. Aparte, cuando dices que hace dos meses fue citado, ¿quieres decir que fue notificado u otra cosa?. Si le notificaron la Sentencia, sea personalmente o por edictos y ya ha transcurrido el plazo para recurrir, dicha Sentencia es firme.
me refiero a la patria potestad. la tengo en totalidad desde enero. pero como mi ex esta en paradero desconocido, o sea rebeldia procesal, lo notificaron por edictos en el boletin oficial y queria saber cual era el plazo para recurrir para que la sentencia sea firme.
Sigo con la duda de que sea la patria potestad; no obstante el plazo para recurrir se indicará en la Sentencia y si ha transcurrido sin que nadie haya recurrido, es firme.
muchas gracias. ya lo tengo solucionado . para los que estan en mi caso, y puede serle de ayuda , articulo 207 de la ley de enjuiciamiento civil y 501, 502 de la ley de enjuiciamiento criminal. suerte a todos ! :*
No quiero incordiar, sólo aclarar: la rebeldía procesal no tiene nada que ver con estar en paradero desconocido. El art. 207 de la L.E.Civil dice, entre otras cosas, lo que indiqué en anterior post. Y por último ¿que tienen que ver en este tema los arts. 501 y 502 de la L.E.Criminal?.
vale. gracias por la aclaracion. no quiero entrar en esto, porque no entiendo .por eso tampoco se que tiene que ver esto con los articulos mencionados. pero es lo que a mi me informaron y simplemente queria escribirlo si a alguien le es de ayuda.