Logo

El portal de Derecho Español más completo y útil para jurístas, empresas y particulares

¿patio interior como zona de evacuación en caso de incendio?

5 Comentarios
 
¿patio interior como zona de evacuación en caso de incendio?
21/06/2024 09:36
La comunidad donde vivo está formada por dos edificios con accesos independientes. Existe un patio interior común, donde cada uno de los edificios tiene acceso independiente también. En el pasado, se produjeron robos en viviendas, accediendo a las mismas a través de dicho patio interior. Para evitarlo, aparte de que las puertas de acceso son puertas normales cerradas con llave, se instaló una reja metálica tipo fuelle. El nuevo administrador dice que eso es ilegal y que hay que quitar las dos puertas y colocar una con barra antipánico, (ya que él considera que ese patio es una zona de evacuación) lo que permitiría el acceso al patio interior a cualquier persona, propietario o no propietario que estuviese dentro del edificio. Por mi parte, entiendo que un patio interior nunca es una zona de evacuación y que esa puerta no puede permitir un acceso libre sin llave por seguridad de los propietarios. ¿Podrías comentarme quien tiene razón y si debo permitir que se instale una puerta de acceso libre? Muchísimas gracias
21/06/2024 09:46
gonzalom1000
Un acuerdo de la junta, como fue poner esas medidas antirrobo, sólo puede revocarse por otro acuerdo de la junta. En caso de duda, la junta puede solicitar un informe a un técnico cualificado, el administrador no lo es.
Personalmente, tengo dudas de que un patio interior pueda ser vía de evacuación.
21/06/2024 10:40
gonzalom1000
Desglosemos las cuestiones principales y los posibles enfoques:

Reglamento de Instalaciones de Protección Contra Incendios (RIPCI) y Código Técnico de la Edificación (CTE): La normativa en estos reglamentos suele establecer los requisitos para las salidas de emergencia y las rutas de evacuación. Si el patio interior es considerado una zona de evacuación, entonces las puertas deben cumplir con los estándares establecidos para garantizar una salida rápida y segura en caso de emergencia.
La barra antipánico es un dispositivo obligatorio en salidas de emergencia para permitir la evacuación rápida y sencilla sin necesidad de llave. Esto suele aplicarse a edificios de uso público o con alta ocupación, pero puede no ser directamente aplicable a comunidades de vecinos privadas, salvo que se considere que la zona es una vía de evacuación.
La seguridad de los propietarios y sus bienes también es fundamental. Las puertas con acceso libre pueden aumentar el riesgo de intrusiones y robos, como ya ha sucedido en el pasado.
La instalación de una reja metálica tipo fuelle puede ser una medida adecuada para prevenir robos, siempre y cuando no contravenga las normas de evacuación establecidas.
Es recomendable contratar a un técnico o ingeniero especializado en seguridad y normativa de edificaciones. Este profesional puede evaluar si el patio interior realmente debe ser considerado una zona de evacuación y, en tal caso, determinar las medidas de seguridad adecuadas que también consideren la prevención de robos.
Es importante dialogar con el administrador y los otros propietarios para llegar a una solución que equilibre tanto la seguridad contra robos como la normativa de evacuación. Si hay un desacuerdo persistente, puede ser necesario convocar una reunión de la comunidad de propietarios para votar la mejor solución posible.
Consultar con un abogado especializado en derecho de la propiedad y normativas de seguridad podría ser útil para entender las obligaciones legales y derechos de los propietarios en esta situación.

Conclusión

No se puede determinar quién tiene razón sin una evaluación técnica y legal específica. Lo que sí es claro es que ambas preocupaciones seguridad contra incendios y prevención de robos deben ser consideradas y equilibradas. La mejor forma de avanzar es mediante una consulta con un profesional en la materia y, posiblemente, una asesoría legal para asegurar que cualquier decisión tomada cumpla con las normativas vigentes y proteja adecuadamente a los propietarios.
24/06/2024 16:18
Las vías de evacuación, son aquellas que en caso de desastre, incendios, terremotos, inundaciones, nos conduncen directamente al exterior, o sea, a la vía pública. Por lo cual nunca un patio interior, puede ser considerado como lugar seguro en cado de siniestro. Y las puertas que dan acceso al mismo, nunca pueden ser vías de evacuación.
Hay que preguntar al administrador, si el edificio se colapsa, el refugiarse en el patio interior, se puede considerar a ese espacio, seguro o altamente peligroso., y decirle, que demuestre lo que dice.
A ese le van a untar la empresa. Tengaló en cuenta
Otra pregunta, los indicadores de vía de salida de emergencía, estan puestos en la pared, indicando dicha salida de emergencia?
Yo no tengo ninguna duda. Un patio interior, no es un lugar para acudir, si existe un peligro
25/06/2024 16:46
gonzalom1000
Leída su pregunta lo mejor que un técnico certifique lo idoneo para tal fin,como evacuación u otra solución
25/06/2024 17:36
Le aconsejo se lea NBE-CP96 NOrmas contra incendios
Su norma V. 7.2 número y disposición de salidas
Enseñeselo al administrador