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patio de luces

3 Comentarios
 
28/09/2012 10:18
Hay casos en que se ha conseguido ese tipo de instalaciones por los patios de luces, todo depende del espacio que se le quite al vecino, a la indemnización que se considere justa, que el vecino la acepte, y que no perjudique.
Son temas que conviene que sean dirigidos por un abogado especializado.
Si técnicamente es posible, cosa que habría que estudiarlo previamente, legalmente hay posibilidades.
Un estudio técnico previo y en condiciones, le constará uno 2000€. Si no es viable la instalación, la ingeniera rechaza el estudio, y la consulta no le constará nada.
27/09/2012 22:27
entiendo que esto supone ir a juicio, y podríamos hablar de varios años y bastante coste para la comunidad (quitando el vecino que no quiere)en caso de perder no?

gracias
27/09/2012 13:10
Hola LAgatoone,
1). Sí es posible y legal. Si no está en los Estatutos, estará seguro en el Título Constitutivo. Puede solicitar copia en el registro de la Propiedad correspondiente y comprobarlo.
2). La aceptación es necesaria pues no hace falta que se convierta en inservible la totalidad del bien. Conm que sea inservible parte también es neesaria autorización.
En este caso creo que lo más sensato, si este vecino no acepta ningún tipo de acuerdo para que consienta, es solicitar al Juez autorización para la construcción en ese patio aún sin aceptación por parte del vecino por abuso de derecho. Luego queda ver si el Juez les da la razón o no, pero no veo muchas más posibilidades...........
patio de luces
22/09/2012 14:49
Hola!
En nuestra comunidad el patio de luces solo tiene acceso a él el propietario del primero.
Es un bien comunitario pero el propietario tiene el uso y disfrute (según indica en las escrituras ya que en los estatutos de la propiedad no indica ésto y además no hay ningún acta que se acuerde que tenga él el uso y disfrute)

Llevamos mucho tiempo mirando posibilidades para instalar el ascensor, y finalmente la única posibilidad sería hacerlo por el patio
Es un patio de aproximadamente 16-20 metros cuadrados, que además ha puesto el vecino una uralita y trastes sin el consentimiento de los vecinos (ya lleva por lo menos 10 años con el pero el siempre ha dicho que es suyo, cosa que no es verdad)

dudas:
1) es posible y legal que en los estatutos no indique el patio que tenga el uso y disfrute y en la escritura si?
NOTA: el edificio tiene 50 años, pero aun así tendría que haber algún acuerdo digo yo

2) según la ley de propiedad horizontal, art 11.4, si hace inservible el patio, necesitamos el consentimiento de éste(el cual no acepta), pero realmente solo ocuparía parte de este.
Por tanto esto no lo haría inservible no? tendría obligación de ceder habiendo 3/5 partes de los vecinos que aceptasen la obra?

saludos y gracias