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Patio de luces

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Patio de luces
04/06/2008 11:28
Hola¡¡, tengo un patio de luces con única salida desde mi local¡¡..Un señor de otro local, ha abierto una ventana-puerta hacia dicho patio ,y ha decorado el patio con unas rejillas y piedras tipo bolos sobre el suelo de éste patio..La comunidad ,y la mayoría de vecinos estan de acuerdo con ésto ,siendo éste señor el responsable de la limpieza del patio..Según se ha acordado...La comunidad incluso quiere no dar uso privativo al patio ...Según he leído en las escrituras ,éstas no hacen mención de uso y disfrute,sólo de linderos... Aunque en los planos ,si viene dibujada la salida hacia el patio desde mi local.
Aunque sí hace referencia en la escritura al articulo 396 del código Civil,de la ley de propiedad horizontal, de la ley de 21 de Julio de 1960(esta ley habla de los bienes comunes ,por tener salida propia a un elemento común de aquel..podrá ser objeto de propiedad separada ,que ellevará inherente un derecho de copropiedad sobre los elementos comunes del edificio,que son los necesarios para su adecuado uso y disfrute.......Por lo que si quisiera hacer uso del patio mas adelante¿¿ Podría hacerlo y quitar lo puesto en el patio???.
También tengo dudas ,de que si he estado haciendo uso del patio bastantes años,aunque solo de limpieza..Puedo tener servidumbre ,y por lo tanto uso y disfrute?A los cuantos años se crea una servidumbre ó derecho hacia el patio? Gracias de antemano ..y espero su respuesta