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patio comunitario de uso piso 1º

5 Comentarios
 
Patio comunitario de uso piso 1º
13/10/2005 08:29
Hola a todos. Necesito que me orienten sobre algunos temas relacionados con el derecho de uso del patio de luces.

En la escritura de compraventa de mi piso, figura que tengo derecho al uso y disfrute del patio de luces, encargándome yo de su limpieza.

A este patio dan los dos dormitorios de que dispone la vivienda y desde los dos pisos superiores y desde la ventana de la escalera, se ve el interior de estos dormitorios.

Me gustaría proceder al cierre superior con una estructura de aluminio (móvil, es decir con correderas) y plancha de fibra traslúcida. La autorización de los vecinos para ésto ¿debe serlo por unanimidad o por determinada mayoría?

En otro orden de cosas:

¿puedo instalar lavadora y secadora en ese patio del que tengo el uso y disfrute?

¿Qué clase de acuerdo hace falta para que los vecinos de los pisos superiores puedan instalar tendederos en dicho patio, de vivienda a vivienda?

Por favor, si es posible me gustaría que al contestar me hiciesen mención al artículo y normativa aplicable y si conocen sentencias relacionadas. Gracias
13/10/2005 08:49
art 5, .9,11 y 12 de la LPH

El patio es un elemento comun ,aunque el uso y disfrute es tuyo la propiedad pertenece a la comunidad por lo tanto como su cerramiento modifica el titulo constitutivo necesitas la unanimidad de los propietarios.

No puedes realizar cerramientos,ni instalar lavadoras,ni tuberias,etc porque el patio no es tuyo y cualquier vecino podria denunciarte, el uso solamente te autoriza a disfrutarlo y mantenerlo en buenas condiciones.
13/10/2005 08:51
Desde un punto de vista de propietario, le digo que lo que se decidió en mi comunidad fué autorizar a poner unos toldos, pero no estructura alguna. Hay posibilidad de que haga falta unanimidad, pero va a depender de Jues si la sangre llega al río.

En lo de poner electrodomésticos en la terraza, pienso que si son silenciosos y su peso no provoca desperfectos en las baldosas, se podrían poner.

Por último le dire que en mis estatutos, los propietarios de pisos con terrazas tendrán que soportar el goteo de la ropa tendida de los pisos superiores, por lo que mis vecinos, y posíblemente los suyos, no necesiten ninguna autorización para poner tendederos a pesar de que la cubierta sea transitable.

Un saludo.
13/10/2005 09:31
No se puede poner nada en el patio, aunque usted tenga el uso y disfrute pues usted lo disfruto como tal patio y no para instalar electrodomesticos. Ademas no puede poner nada que lo cubra, pues son salidas de emergencias para bomberos.
13/10/2005 09:43
Evidentemente no puedes cubrir el patio sin que previamentes e produzca un acuerdo en ese sentido de la Co,unidad de Propietarios por unanimidad, ya que se trata de un elemento común. Respecto al uso que puedes dar al patio, tampoco puedes instalar en él elementos fijos como los que pretendes. por otro aldo no olvides que tienes obligación de mantenerlo, y por lo tanto deberás reparar los daños que se produzcan en él.
http://blogjuridico.blogspot.com/
13/10/2005 10:35
Buenos dias a todos:
En el piso superior de mi local, existe un patio de luces que no llega a mi local, es decir se para en el suelo del piso 1º
Es un patio comunitario??
En caso afirmativo, tengo derecho a pasar tubos de ventilacion en el??
Gracias