son muchas las consultas al respecto. Sirva este post para aclarar conceptos:
1. las ideas NO son protegibles
2. SÍ la materialización de la misma en un soporte físico, puede ser protegible como obra por su propiedad intelectual (literaria, artística o científica), o bien como propiedad industrial (patente, diseño industrial, marca).
3. sí que convienen contratos de confidencialidad con terceros para preservar tu esfuerzo intelectual
Permíteme que te informe que desde mi despacho de abogados
Aunque comprendo que está montado así el negocio internacionalmente, y es imposible de cambiar, pues mucha gente vive muy bien con el sistema; tal y como yo lo veo hay pero muchas, muchas personas ocurrentes e ideas interesantes que se están pediendo, ya que la gente humilde prefiere guardarse su idea antes de perder 500 o 1000 euros, para que otro saque beneficio. Aunque hay muchos cándidos la donan por amor al arte o por hambre de reconocimiento (youtube está lleno). Seguro que hay un oteador del departamento ID para youtube en cada empresa importante, y no para premiar ocurrencias, sino para apropiarselas. Es así de sencillo. Es más, yo procuraría no compartir mi idea con nadie. Y si con ello privaba a, por ejemplo, enfermos de su curación, ya me pondría en un diléma religioso. Saludos
Anónimo
02/10/2016 22:54
analia
Hola, queria saber como patentar un juego de mesa, alguien sabe?
En resumen, si te quedas más tranquilo exponnos tú proyecto e invención y te asesoraremos sobre su patentabilidad, inscripción o aquel medio de protección que garantice tu tranqulidad.
Desde mi despacho de abogados (PCP ABOGADOS), ofrecemos un servicio de ENFOQUE JURÍDICO GRATUITO para particulares y empresas, te atenderemos encantados en cualquiera de estos dos teléfonos: tel: 93 393 93 80
No dejes de consultar www.soyautor.es y www.elregistrodemimarca.com para asuntos relacionados con la propiedad intelectual e industrial.
Existe una tendencia general a pensar que cualquier creación humana es protegible mediante la inscripción en un registro público, pero no es cierto. Una nueva idea de negocio online o un nuevo proceso comercial para aumentar las ventas de un producto, etc, no podrían ser registradas pero si protegidas por otros mecanismos legales ante terceros.
Para situarnos, disponemos de distintos registros: el Registro de la Propiedad Intelectual y el Registros de Patentes–Marcas y, junto a estos, han aparecido últimamente registros online para obras multimedia.
Veamos por tanto si mi estupenda idea sobre un nuevo modelo de negocio online para optimizar las ventas de las famosas “galletas de colores con sabor a rosquilla artesanal de Uzbequistán” podría ser registrable en cada uno de ellos:
Empezamos por el registro público de Patentes y Marcas. Para que una creación sea patentable, debe contener los requisitos de Novedad, Actividad Inventiva y Aplicación Industrial. Por tanto, sin entrar analizar las dos primeras, queda descartada nuestra idea puesto que no es posible la aplicación industrial de mi idea online.
Respecto al Registro público de Propiedad Intelectual, tiene como objetivo la protección de creaciones originales literarias, artísticas o científicas que se puedan expresar en cualquier tipo de soporte, hablamos de libros, obras musicales, etc. No cabe inscribir un nuevo proceso de negocio online.
Por último, los novedosos Registros Online como SafeCreative, no oficial como los anteriores, sirven para proteger nuestras obras virtuales. Es la translación al mundo digital del registro de la Propiedad Intelectual. Por tanto, tampoco podría inscribir y proteger mi idea debido a que no es una obra.
Pero, ¿qué ocurre con mi genial idea sobre el modelo de negocio online para optimizar las ventas de las famosas “galletas de colores con sabor a rosquilla artesanal de Uzbequistán”?. Al no poder inscribirlo en ninguno de los tres registros, debo protegerlo de alguna manera porque deseo presentárselo a una serie de “Business Angels” en un congreso para venderlo. Es una tarea que deberé hacer previamente a acudir al congreso en los cual pretendo vender mi idea o, como mínimo, obtener la financiación necesaria para desarrollar el proyecto. Pues bien, desde un el punto de vista jurídico, existen diferentes mecanismos que podemos implementar para proteger esa idea e impedir que un tercero nos la robe. Debemos evitar que sin nuestra autorización explote la idea económicamente adjudicándose la autoría intelectual de la misma. Uno de los mecanismos, es la firma de un NDA (Non Disclosure Agreement) o contrato de confidencialidad por parte de receptor de la información, será un paso imprescindible, entre otras acciones legales a emprender en aras de protegernos adecuadamente.
Para finalizar, puede resultar incomprensible que mi idea de negocio online no se pueda proteger mediante registro público o privado. Una de las explicaciones que resultan más extendidas, y que a mi parecer resulta acertada, es que las ideas sobre nuevos formas de hacer negocio (tiendas de “todo a 100 pesetas”) a diferencia de los inventos patentables (la famosa fregona) son una creación fruto del proceso de socialización de la persona, que han surgido por la convivencia en comunidad de un sujeto y por eso no pueden atribuirse los beneficios económicos a un solo individuo.
En todo caso, tenemos que dejar claro que disponemos de la posibilidad de defendernos ante posibles plagiadores de nuestras ideas de negocio, y ante un futuro proceso judicial, cualquier evidencia que demuestre que somos los originales ideólogos, redundará económicamente a nuestro favor en la sentencia.
Espero haberte ayudado a resolver tus dudas y la del resto de foreros.
Saludos
Alberto Cuesta
Abogado en URECA-Legal
www.urecalegal.com
www.leyessinfronteras.blogspot.com.es/
Ojalá lo fueran, pero las ideas no son patentables. Tienes que reunir una serie de requisitos como innovación, entre otros. Lo mejor es acudir a un agente de la propiedad industrial y que te tramite todo. Los procesos de patentes, por lo que conozco, son lentos y no muy baratos, pero dependiendo de la creación que quieras proteger es necesario. Justamente, hace poco tuve que iniciar un proceso de patente y conocí un portal que me recomendó a varios abogados para mi asunto y me dio respuestas a consultas que plantee. Se llama clicklaw.es. Quizá os sirva.
Bueno, entiendo que no se pueden patentar las ideas, sino las cosas concretas. Ahora bien, ¿que seria lo mas recomendable de hacer? considerando que tengo en mente un articulo tangible pero que no puedo desarrollar yo porque no tengo los medios para hacerlo; sino que es la union de varios articulos de una empresa especifica en uno solo, pero entregandole una funcionalidad totalmente distinta de la que se usan actualmente esos articulos actualmente."
Se podría patentar el modelo de utilidad, como patente de 2º rango.. art 143 de LP
tu cuestión es muy frecuente, efectivamente es el pez que se muerde la cola.
Me explico: por un lado el inventor quiere conservar el secreto, pero debe de comunicar su proyecto para que un técnico se la desarrolle o para que un inversor invierta en el proyecto. Pero a menudo ocurre que tanto el técnico como el inventor pueden constituir una amenaza al proyecto innovador.
Nosotros recomendamos varias herramientas para reducir el riesgo:
- acompañar a las conversaciones con el inventor o el técnico un contrato de confidencialidad
- proteger el proyecto ante los registros que procedan, o bien el Registro de la Propiedad Intelectual, como Patente o bien la marca del proyecto, obteniendo así protección alguna.
Desde mi despacho de abogados (PCP ABOGADOS), ofrecemos un servicio de ENFOQUE JURÍDICO GRATUITO para particulares y empresas, te atenderemos encantados en cualquiera de estos dos teléfonos: tel 1: 93 519 81 95 - tel 2: 93 393 93 80
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¿Cómo patentar una idea si no tengo los medios para poder desarrollarla? ¿Cómo desarrollarla? ¿Y también quién me podría ayudar, sin quitarme, claro está, la idea? ¿Cómo hacer que a la persona que le comentes la idea para poder desarrollarla no te la arrebate y poder demostrar que es tuya?
Hola mi nombre es Ivan hace unos dias termine de crear un juego de mesa lo que a mi me gustaria hacer es patentarlo, es un juego de mesa que incluso puedo volcarlo via internet creando su sitio oficial, mi pregunta es la siguiente, se puede crear el sitio web sin antes patentarlo? o es mejor patentarlo y una vez ahi hacer el juego de mesa y poner en linea el sitio oficial del juego? tambien quiero saber donde se patentan , los requisitos que se piden para tal fin y si es posible saber el costo de los tramites. Muchas gracias, Ivan Mella de Buenos Aires, Argentina.
en estos casos, cuando los clientes acuden a nuestro despacho con una idea que no cumple con alguno de los requisitos de patentabilidad, novedad - actividad inventida y aplicabilidad industrial, y por tanto no puede protegerse como patente, nos encargamos de la gestión del registro ante el Registro la Propiedad Intelectual, de esta manera redactamos un relato del proyecto lo más detallado posible, apoyado en imágenes, gráficos, de esta manera acreditamos en un registro público la entrada de un documento autoría de tal persona.
Posteriomente a ello el cliente ya puede plantearse el dirigirse con mucha más tranquilidad a cualquier tercero que pueda estar interesado en la comercialización de dicha iniciativa empresarial. Paralelamente le recomendamos la redacción de un acuerdo de confidencialidad que le va a permitir que la empresa que le reciba guarde confidencialidad respecto al contenido de la propuesta y así salvaguardarse ante una explotación no autorizada por parte de cualquier tercero.
Esta es una forma de protección y es la más económica. La declaración ante un notario y un acta notarial con el contenido de la iniciativa también ayudan a acreditar la autoría.
Puesto que pese a que la Ley de Propiedad Intelectual dispone que el autor lo es de su obra (y con todos los derechos a nivel mundial) desde el momento que la crea, eso tiene que probarse y ahí, empieza nuestro trabajo como abogados. Espero haberte ayudado.
Bueno, entiendo que no se pueden patentar las ideas, sino las cosas concretas. Ahora bien, ¿que seria lo mas recomendable de hacer? considerando que tengo en mente un articulo tangible pero que no puedo desarrollar yo porque no tengo los medios para hacerlo; sino que es la union de varios articulos de una empresa especifica en uno solo, pero entregandole una funcionalidad totalmente distinta de la que se usan actualmente esos articulos actualmente.
¿Existe alguna forma de que quede plasmado que la invencion de este nuevo articulo se me ocurrio a mi? ¿O dependeria unicamente de la voluntad de los creadores tangibles del producto que me consideraran credito? Mas aun, ¿como podria yo asegurarme alguna retribucion por la ocurrencia de este invento?
Agradezco desde ya su respuesta.
(Puesto que navego desde un movil, los tildes han sido omitidos a proposito)
Buenas, este tipo de consultas es muy recurrente en este foro, por tanto vamos a explicar al detalle y con ejemplos el tema de que LAS IDEAS NO SE PUEDEN PROTEGER.
Las ideas en cuanto conceptos intangibles no pueden protegerse, sí su plasmación en algún soporte físico o tangible, es decir y hagámoslo mediante ejemplos, una página web que facilite la búsqueda de billetes baratos mediante un rastreo con las compañías aéreas no es protegible. Únicamente el contenido de dicha web sería protegible COMO PROPIEDAD INTELECTUAL, también el nombre del dominio y la marca de servicios a través de la cual se desee publicitarse comercialmente, pero la idea en sí como concepto abstracto no es protegible. Al margen de lo que es registrable según la Ley de Propiedad Intelectual vigente en España en sus primeros artículos, la Ley de Competencia Desleal señala que "La imitación de prestaciones e iniciativas empresariales ajenas es libre, salvo que estén amparadas por un derecho de exclusiva reconocido por la Ley.", este artículo dispone en líneas generales que efectivamente el libre mercado es la que impide que alguien pueda apropiarse de un tipo de actividad o negocio, salvo que tenga la exclusiva, en este caso por ejemplo lo sería la que concede la patente de un invento, por ejemplo la fregona, cuya explotación durante 20 años desde su protección ha sido reservada a su inventor o a quien éste haya licenciado.
Lo mismo respecto a propiedad intelectual: una tesis, un estudio, dibujo, boceto, guión de película, libro o cuento son protegibles en cuanto al texto, nadie puede decir que por registrar un guión de una película sobre una temática concreta impida a un tercero hacer lo mismo, serán únicamente los personajes, sus nombres, el contenido original e inédito del largometraje lo que sí sea de explotación en exclusiva por el autor, con un periodo de prescipción a los 70 años desde su fallecimiento.
Espero haberte ayudado, si te has quedado con alguna duda.
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Envíanos un mail o llamanos si quereis que completemos la respuesta sin compromiso.
hola, yo tengo una idea, y me gustaria saber como patentarla, y que hace falta para presentarla, y patentarla ,proyectos, planos, informes, etc??
RESPUESTA:
Lo primero que debes hacer para proteger la idea es patentarla , pero como para ello tienes que hacer una descripción de la idea (Proyecto) e incluso planos que tendras que presentar en la Oficina de Patentes y Marcas o dellegación existente en cada comunidad, te recomiendo busques un profesional para que realice el proyecto y dibujos , ya que la citada Oficina exige unos requisitos, No obstante para la protección de la idea,antes de comentarlar a fabricantes, dibujantes o cuaqlquier persona etc, puedes hacer un documento notarial a favor de la persona que quieras comentarle la idea, detallandole esta , cual es el trabajo este va a realizar y las reservas que ha de observar sobre la idea ya que tu eres el titular de la misma, todo ello para impedir que pueda el desarrollarla y tener una prueba documental.
Espero haberte ayudado.
Si deseas mas información puedes contactar con nosotros llamando a los telf/fax 916168237 y movil 669253612
Correo electrónico : edisacristan@telefonica.net
Tengo una magnifica idea para frenar tanta muerte en los accidentes de circulación.
¿Como puedo salvaguardarme de esta idea ?
Tan pronto la comente con los fabricantes de automoviles me la arrebatarian
RESPUESTA:
Lo primero que debes hacer para proteger la idea es patentarla , pero como para ello tienes que hacer una descripción de la idea (Proyecto) e incluso planos que tendras que presentar en la Oficina de Patentes y Marcas o dellegación existente en cada comunidad, te recomiendo busques un profesional para que realice el proyecto y dibujos , ya que la citada Oficina exige unos requisitos, No obstante para la protección de la idea,antes de comentarlar a fabricantes, dibujantes o cuaqlquier persona etc, puedes hacer un documento notarial a favor de la persona que quieras comentarle la idea, detallandole esta , cual es el trabajo este va a realizar y las reservas que ha de observar sobre la idea ya que tu eres el titular de la misma, todo ello para impedir que pueda el desarrollarla y tener una prueba documental.
Espero haberte ayudado.
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A todos los que teneis una idea o un proyecto, que deseeis proteger, yo os recomendaria, que hableis con un Agente de la Propiedad Industrial, reconocido por la OFICINA ESPAÑOLA DE PATENTES Y MARCAS (OEPM)
Os recomiendo que primero accedais a las páginas de la OEPM a través de su WEB, www.oepm.es
y a través de ella busqueis más información