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Pasar la propiedad de nuestro piso a nombre solo de mi mujer

21 Comentarios
Viendo 1 - 20 de 21 comentarios
14/01/2024 22:47
Buen reflote de un hilo de mayo del año pasado.

Coincido en todo con Leonjbr:

La vida te da sorpresas (que se lo digan a Pedro Navaja), y el consultante se puede ver ya mayorcito de edad y en la calle, con una mano delante y otra detrás.

No regale ni done nada hasta morir, luego, una vez muerto, ya le importará menos lo que pueda ocurrir, o eso creo.

Deje en su testamento ese piso a la mujer y déjele a su hijo la legítima estricta en dinero (si puede reunir el dinero, o bien en valores, terrenos u otros bienes). Si no puede reunir ese dinero, déjele a su hijo la sexta parte del piso, y luego que su mujer y dicho hijo hagan cuentas, o lo vendan y repartan. O que su mujer pida un préstamo para liquidarle a su hijo la legítima en efectivo.

Hay muchos temas que examinar: edad de su mujer, si ella trabaja o no, si podría acceder a un préstamo o no... se puedne estudiar usufructos y fideicomisos. Hay que estudiar la situación económica de todos los implicados. Y la personal, porque ¿tiene sentido dejarle el piso a esta segunda mujer? ¿ella tiene a su vez herederos, o ese piso se lo va a quedar Hacienda cuando ella a su vez muera? Las herencias en Cataluña pagan un dineral, mucho más que en otras regiones.

Si su mujer vende el piso -cuando usted muera y ella herede- y le tocan las cinco sextas partes, malo será que con ese dinero no tenga para comprarse otro piso, aunque sea más pequeño.
14/01/2024 22:19
Puede hacerlo, pero hay dos pegas:
1.- Para hacer ese "reparto" haría falta que a usted le "tocase" algo, como por ejemplo la mitad del precio en dinero. ¿Tienen esa cantidad?
2.- Es arriesgado para usted, porque la vida da muchas vueltas y vaya que por h o por b se quede usted en la mismisima calle.
jordistel: permita que le diga que se está comiendo el coco muchísimo más de la cuenta. Lo menos malo que puede hacer es dejarle a su hijo la legítima estricta en dinero, créame.
Como suelo decirle a mis clientes no hay forma legal de saltarse la ley. Es de cajón.
14/01/2024 17:09
jordistel
Y si nos divorciamos legalmente y mi actual mujer opta por quedarse el piso en el reparto ?
14/01/2024 17:05
leonjbr
Y si nos separamos legalmente y mi actual mujer opta por quedarse el piso en el reparto ?
14/01/2024 15:17
Puede hacerlo, pero sería equivalente a hacerle una donación a su mujer, con lo cual estamos en las mismas.
14/01/2024 12:51
jordistel
Puedo dejar de ser propietario del piso ? (renunciar a la propiedad compartida)
28/05/2023 18:15
leonjbr
Muchas gracias a todos por sus opiniones, este foro es magnífico
26/05/2023 07:49
Si, le hemos entendido, pero la respuesta sigue siendo la misma.
Si usted hace esto que nos comenta, entonces su hijo, una vez que se abra el testamento, podrá atacar esa donación por inoficiosa, es decir, podrá alegar que esa donación le "quita" su legítima de un 255% como dice Hoplon (gracias Hoplon, no lo sabía). Entonces hay un incidente o juicio o como quiera llamarle mediante el que se "recalculan" las porciones de lo donado y se le asigna a su hijo ese 25% que usted ha intentado que no perciba a través de la maniobra de la donación. Digamos que se "corrige" lo que usted ha hecho.
25/05/2023 23:38
jordistel
Perdonad, pero creo que quizás no me haya explicado bien . Yo lo que quiero es que estando aún vivo, poder regalarle el piso entero a mi mujer, como si quisiera regalárselo a cualquier otra persona. Que en lugar de tenerlo a mi nombre y de ella, darle la propiedad entera a mi actual mujer, y evitar así las posibles herencias legales (que por otra parte NO ES LA MADRE DE MI HIJO). Gracias .
25/05/2023 22:58
En Cataluña la legítima estricta es una cuarta parte de la herencia. Un 25 %.
25/05/2023 22:21
Lo menos malo que puede hacer es dejarle a ese único hijo su legítima estricta, que en este caso sería la tercera parte de su patrimonio.
Si el piso es en comun, eso significa que tendría que dejarle como poco 1/6 del valor del piso.
Una posible solución sería dejarle en la herencia ese dinero en efectivo y que el piso fuese entero para la mujer.
Pero dejar el hijo a 0 ni es posible ni a mi me parece demasiado acertado, salvo que el hijo fuera un auténtico demonio, cosa que dudo.
25/05/2023 21:21
leonjbr
Un hijo de 40 años, que no es hijo de mi actual mujer
25/05/2023 12:31
Coincido plenamente con la acertada respuesta de Hoplon.
25/05/2023 11:23
En Cataluña se puede desheredar a un hijo, pero los requisitos son muy exigentes, prácticamente se puede decir que el hijo tiene que haberle maltratado a usted.

SI transmite por donación, el hijo (legitimario) podrá impugnarla por inoficiosa, y al menso reducirla en lo que afecte a su legítima.

¿El hijo es de esa misma mujer, o de otra? ¿están realmente casados, o simplemente viven juntos, llevan así más de dos años?
24/05/2023 16:07
leonjbr
Un hijo de 40 años, padres no, sólo tengo a mi mujer, que creo es la única persona merecedora. Un hijo de 40 años, padres no, sólo tengo a mi mujer, que creo es la única persona merecedora.
24/05/2023 16:06
leonjbr
Un hijo de 40 años, padres no, sólo tengo a mi mujer, que creo es la única persona merecedora. Un hijo de 40 años, padres no, sólo tengo a mi mujer, que creo es la única persona merecedora.
22/05/2023 20:02
Hola. Yo no pondría la titularidad de mi porcentaje del piso, a nombre de mi cónyuge o pareja, jamás, salvo un caso excepcional o ser un anciano sin hijos ni nietos. Como mucho, haría testamento con la cláusula soccini.
21/05/2023 11:54
No estoy al tanto del derecho de herencias, y menos en Cataluña, pero habrá que mirar si hay legitimarios que puedan impugnar esa ¿donación?
21/05/2023 09:18
Tendrás que preguntar si está exenta la donación de la mitad.
20/05/2023 19:14
Leonjbr, te recuerdo que hay un hilo específico de herencias, por si juzgas oportuno remitir allí al consultante.