Tengo 1/3 de la sociedad y mis participaciones a fin año pasado valían 30.000 € y quiero venderlas. Ocurre que no tengo comprador porque la sociedad es de servicios profesionales y que los otros dos socios no quieren pagarme un duro por ellas.
¿Puedo obligar a la sociedad o a ellos a que me las compren? y ¿a qué precio?
La respuesta a tu pregunta está en los estatutos sociales de la sociedad. Allí se deben determinar las posibilidades y formas de transmisión de las participaciones sociales. No obstante, lo que está claro es que la Ley no obliga a ninguna sociedad ni a ningún socio a comprar las participaciones de otro socio cuando este quiere venderlas, a no ser, repito, que los estatutos precisen otra cosa.
Asimismo, al ser una sociedad profesional los estatutos establecerán seguramente restricciones a la transmisión de esas participaciones a personas ajenas al ambito profesional de la propia sociedad.
Por último, decirte que lo que si permite la Ley es "separarse" a un socio en determinados supuestos legalmnte previstos (p.ej. modificaciones estatutarias de especial relevancia), obligando a la sociedad a comprar o amortizar las participaciones sociales del socio que ejerce ese derecho de separación a cambio de pagarle a este último el valor de las mismas.
Gracias Alberto por tu prontitud, la verdad es que necesito saberlo cuanto antes.
Si los estatutos no dicen nada, nos remiten a la Ley 2/1995 SRL y tampoco podemos ejercer el derecho de separación porque no hay acuerdos sin consentimiento, ni modificaciones estatutarias...
¿Cómo puedo recuperar el valor de las participaciones? No tengo a quién le interesen y los otros no me quieren pagar nada por ellas.