Hola, Tengo algunas dudas para esta noche que tengo una reunión con la escalera de dónde vivo.
Hace 1 año que tengo el piso, en la escritura que yo firmé, dice que aún no estaba constituida la COMUNIDAD DE PROPIETARIOS. Fuimos los últimos en comprar el piso. Pero una vez allí, la comunidad estaba ya debidamente constituida. Paguemos lo que se nos pidió. Este año nos llebamos nosotros la comunidad, hemos dejado a la gestoria que nos lo tramitaba. La discusiones principales serán:
1-De los 3 vecinos, 2 queremos poner en marcha el ascensor y el otro no.
2-Como que yo tengo el coeficiente más elevado, me dicen que tengo que pagar en función de este todos los gastos... luz, agua, seguro de la escalera... Es esto legal? Se puede modificar el coeficiente o intentar pasarlo a lineal? A que me puedo acoger para ello. No encuentro justo pagar más luz o agua porque tenga el piso más grande... En fin... os agradecería que me aqyudaséis. Muchas grácias.
Los coeficientes según dispone la Ley de Propiedad Horizontal deben ser fijados en atención a los metros del piso, ubicación de este , etc.... Estos coeficientes solo podrán ser variados por unanimidad de la Junta de Propietarios o por acción judicial ( ante la cual no prosperará) que habrá que acreditar el error, premisa que no se produce en tu supuesto de hecho, puesto que claro es que, tu coeficiente es mayor por tener más metro de piso.
Recibe un cordial saludo. Juan Castaño Picó-Abogado. E-mail:juancastanyopico@yahoo.es
Pues vaya...
Me estás diciendo que aunque yo firmé la escritura como que no estaba aún constituida la comunidad, y eso no era así... representa que yo estuve de acuerdo con el coeficiente? Es esto legal?
Creo haber leído, que por ser el propietario con más coeficiente tengo derecho a decidir, es eso cierto?
Qué prioriadades me dá a mi, tener el coeficiente más alto que los demás propietarios?
Grácias
La prioridad que te da tener mayor coeficiente, es la de tener más valor tu voto en la proporción con los restantes coeficientes, esta mayor valor del voto se cuantifica por la diferencia de las cuotas, y es a tener en cuenta para las votaciones de los acuerdos de la Comunidad de Propietarios.