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Particion de proindiviso

4 Comentarios
 
Particion de proindiviso
19/03/2013 16:51
Hola, por favor me podrían ayudar? tenemos el 50% de la casa familiar repartida entre 4 hermanos por la herencia de mi madre. Mi padre además de su 50% posee el usufructo universal. Mi hermano quiere liquidar su parte pero no se la podemos comprar y mi padre teme tener que abandonar la vivienda porque el le ha dicho que va a solicitar subasta del bien. Puede echar a mi padre de su propia casa???
20/03/2013 10:55
En principio no.
09/09/2018 18:14
lukamu
Una pareja se separa y en convenio de divorcio se establece un usufructo de la vivienda a favor de ella hasta la venta del inmueble que sigue en hipoteca y estaba en gananciales. El ha fallecido dejando como heredero hijo de 1 año. ¿que puede hacer con la nuda propiedad? puede disolver el proindiviso, el usufructo? entiendo que asume la deuda del progenitor?
09/09/2018 23:56
Portico2018
La deuda es del heredero, es decir, del nudo propietario. Cuando se solicita un préstamo con garantía hipotecaria, con ese dinero se paga a la constructora o al vendedor, y se contrae una deuda con el Banco. El heredero recibe la vivienda como activo de la herencia y tambien recibe la deuda como pasivo de la misma.
El usufructuario no es heredero, por lo que no recibe ni activo ni pasivo.
10/09/2018 15:13
lukamu
A ver, no confundamos derecho de uso y usufructo, que aunque tienen elementos en común son cosas distintas. Lo que le habrá cedido el juez es el derecho de uso, no el usufructo, que es una figura sobre todo hereditaria (aunque no solo). Al fallecer el hombre, si no hay testamento y ya estaban separados, su hijo será el heredero universal, por tanto hereda bienes y obligaciones, es decir, se convierte en propietario de la mitad de la vivienda, su madre sigue siendolo de la otra mitad, y esta sigue teniendo el derecho de uso (que no el usufructo) hasta que se venda la vivienda, solo que si el hijo era de esta mujer este derecho de uso deja de tener mucha importancia (porque ya vivirá ahí con el hijo y nadie le obligará a vender, salvo su propio hijo que hasta que sea mayor de edad es ella la que decide por él), y si es de otra mujer será esta en nombre del hijo la que puede forzar la venta, como podía hacer el marido.
La hipoteca por otro lado corresponderá al hijo; según interese se venderá o se forzará la venta de la vivienda, o puede seguir pagándose, como se quiera. Lo lógico de todas maneras sería vender la vivienda, si es lo que está previsto, y cancelar la deuda hipotecaria.