El asunto es el siguiente, no se es parte en el proceso penal, por llegar tarde el poder, pero en fin el individuo es condenado, a carcel, aunque no se le condena a indemnizacion civil alguna, ni el fiscal hace reserva de acciones civiles, el condenado lo es por abusos sexuales a una menor, si ahora la menor quiere pedir una indemnizacion al mayor condenado que ademas al ser una sentencia de conformidad reconoce su parcipacion en los hechos, puede hacerlo o no , puede la menor ir a la via civil y pedirle una indemnizacion de 12.000 euros.
Secretarios de justicia me han dicho que no porque al no haber sido parte y no habersenos reservado las acciones por el MFiscal, no se puede pedir ahora en la via civil indemnizacion.
Aunque un catedratico de derecho penal me ha dicho que no esta de acuerdo por lo que dice el artº 109 CP