La agencia de recobro no sabe que la deuda esta sentenciada, debe personarse en el juzgado, para indicar que es el actual propietario de la deuda y beneficiario de lo que embarga el juzgado.
Mientras no ocurra esto, a la agencia de recobro ni caso, pero ni siquiera le diría que ya está juzgada la deuda, que se lo averigüen ellos. El juzgado seguirá embargando y tu pagando, luego ya es tema del juzgado a quién le da el dinero.
Hola
Voy a exponer mi caso.
Resulta que hace unos 8 años avalé un préstamo de una expareja mía por valor de 10mil euros a 5 años. Nos separamos al cabo de un par de años de la solicitud y quedamos en que cada uno se haría cargo de sus obligaciones. La de ella el préstamo.
Pagó las cuotas durante un tiempo y empezó a deber cuotas. Al final dejó de pagar. El banco le quiso embargar para cobrar la deuda, y al no tener propiedades, vinieron a por mi, hace un par de años. Yo tampoco tengo propiedades a mi nobre y finalmente hace un año y medio me empezaron a embargar una parte de mi nómina para cobrar el préstamo via sentencia judicial.
Hasta aqui todo correcto, yo hace año y medio que estoy pagando la deuda, y conforme con lo que hay.
De repente me llega la pasada semana, una carta de una agencia de cobros indicando que ha 'comprado' mi deuda al banco que era propietario (Caixabank) y en la carta me dicen que tengo que pagar antes de 3o días un importe de unos 11500€.
La sentencia de embargo de mi nóminaera por un importe de unos 8600€.
Ahora viene mi consulta. Puede una agencia ahora venirme a reclamar una cantidad que yo desconozco cómo la calcula, que la pague de golpe, y todo lo que amenaza hacer, cuando hay una sentencia de un juzgado que me embarga parte de la nómina para pagar esta deuda?
Primero fue una carta de esta agencia, ahora ya empiezan a llamar a mi casa...