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Paro

1 Comentarios
 
08/07/2003 12:16
Hola MaríaMor:

La base reguladora de la prestación por desempleo se calcula dividiendo por 180 la suma de las cotizaciones por la contingencia de desempleo correspondientes a los últimos 180 días cotizados precedentes al día en que se haya producido la situación legal de desempleo o al que cesó la obligación de cotizar.

Si durante la excedencia no existía obligación de cotizar tendrán que tener en cuenta los cotizados con anterioridad.

Saludos.
Paro
07/07/2003 13:53
Si he estado seis meses de excedencia en mi empresa y al volver me despiden, a la hora de solicitar el paro ¿qué tienen en cuenta para pagarmelo, los últimos seís meses, o sea los de la excedencia o los últimos seís meses cotizados antes de la excedencia?
Gracias