el caso contrario es igual? es decir se casa con el administrador y se mete en el general tras haber sido autonoma colaboradora? donde se regula?
gracias
1.-¿Qué puede sucedernos?
Una multa que por mi zona ronda ya los 12.000 leuros
2.-¿la trabajadora perderá todo este tiempo cotizado (7 años)?
No hija, no pierde nada, solo que no cobra algoa lo que no tiene derecho, pero el tiempo cotizado le valdrá para el resto de las prestaciones
3.-¿Pueden alegar que no les informó la gestoría y presentar la cotización realizada en el R.Gnral superior a la de Autónomos?
Eso no exime de responsabilidad a la empresa respecto a la Administración Luego si qjuiere la empresda puede ir ciontrra la gestoría o contra la Cibeles siquiere.
4.-¿Hay alguna que pueda cobrar el paro?
Si, ilegal, e ilícita e inmoral
Hoy venía yo divina de la muerte y no quería meterme en charcos, pero verás como como me revuelcan
Tengo un problemilla con una trabajadora que está en el R.Gnral des del 2001, en el 2002 va y se casa con el Administrador y no pasa a Régimen de Autónomos.
En mayo de 2008 tiene una criatura y ahora que ha terminado su baja maternal, pretenden despedirla (causas económicas) y que cobre el paro.
Si realmente la despedimos de este modo y nos deniegan la solicitud:
1.-¿Qué puede sucedernos?
2.-¿la trabajadora perderá todo este tiempo cotizado (7 años)?
3.-¿Pueden alegar que no les informó la gestoría y presentar la cotización realizada en el R.Gnral superior a la de Autónomos?
4.-¿Hay alguna manera que pueda cobrar el paro?