Buenas noches y ante todo gracias por sus respuestas.
Realicé un cese de actividad en junio de éste año, llevaba sin facturar desde julio del 2023, en octubre tuve una baja laboral hasta diciembre y la solicitud del paro ha sido denegada porque excluyen la baja y dicen que mi facturación, excluyendo la baja, no se ha visto reducida en al menos un 10% comparando el 2022 y 2023. He estado desde julio de 2023 hasta junio del 2024 sin facturar y no veo lógico que rechacen mi solicitud. Tengo todos mis pagos al día y no entiendo la denegación. Un saludo.
Buenas, lea el art. 5 de la ley 32/2010 que es la que establece un sistema específico para la protección de trabajadores autónomos por cese de actividad ( CATA), y concretamente puntualiza en el apartado 1º:
- Pérdidas derivadas del desarrollo de la actividad en un año completo, superiores al
10 por ciento de los ingresos obtenidos en el mismo periodo, excluido el primer año de inicio
de la actividad.
No obstante también se puede cobrar el CATA, y considero que podría ser su situación, si demuestra que el negocio es técnica, económica, organizativamente, inviable. En realidad, considero que no ha tenido pérdidas, simplemente no ha facturado, por las razones que ud. sabrá, y es ahí dónde puede acogerse al requisito de inviabilidad del negocio. Tendría que acreditar el cierre del negocio, entre otras cosas por ej.