¿ Es obligatorio consignar en la declaración de la renta dos parkings que el declarante posee para su uso particular y de sus hijos ?. Dichos parkings no forman parte de la vivienda.
Entiendo que se refiere a dos plazas de garaje. Si las adquirió en el mismo momento que la vivienda y están en el mismo edificio o conjunto inmobiliario, aunque consten en escrituras diferentes, se entienden dentro del concepto de vivienda habitual.
Por el contrario, si esas plazas no cumplen alguno de los requisitos (no adquiridas a la vez que la vivienda, no estar en el mismo edificio o conjunto inmobiliario), entonces tendrá que imputar rentas inmobiliarias (1,1% o 2% del valor catastral, en función de si está o no revisado, respectivamente).