Hola a todos, me gustaria que me aclaraseis una duda que tengo.
Una plaza de parking del ayuntaniento, de concesion de 50 años, del cual durante ese periodo se puede al quilar o vender, se tiene que poner en la declaracion de renta ?? En caso de no haberlo echo se tendria que hacer mediante una declaracion complementaria ?? y si es que si, habria que pagar algun tipo de multa??
Gracias por la respuesta Juan. Si se obtiene beneficio hay que ponerlos en la Declaracion,OK.
Pero me refiero al echo de tener esa plaza en concesion si hay que registrarla en hacienda, no es una propiedad, ya que a los 50 años hay que devolverla, se puede alquilar o traspasar la concesion, pero si no se alquila?? si se tiene sin alquilar, no hay que ponerla en hacienda?? Gracias