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parking con plaza servidumbre

9 Comentarios
 
Parking con plaza servidumbre
26/04/2011 22:56
Hola tengo una plaza de parking con paso de servidumbre, pero es plaza de parking. Com compagino aparcar el coche y el paso. No hay espacio.
Si me rayan el coche que puedo hacer?
Gracias
perfil Vio
27/04/2011 09:37
¿Está inscrita en el Registro de la Propiedad esa servidumbre?
27/04/2011 12:34
Cuando firme las escrituras de compra, en la escritura figura que se trata de una plaza de parking con servidumbre, entonces entiendo que si que esta en el registro de la propiedad? o no?
27/04/2011 13:17
sí, servidumbre, está claro, pero, ¿qué tipo de servidumbre?

pregunto porque es posible que sea que bajo esa plaza hay una arqueta, o un pozo de bombeo, o cualquier otra cosa que limite de forma puntual y esporádica el uso como plaza, quizá por mantenimiento de instalaciones

lo que resulta extraño es que sea una servidumbre de paso de manera que no quede espacio para su uso como plaza de garaje
27/04/2011 14:53
El edificio donde vivo, tiene en la parte trasera un terrenito sin edificarde unos 10 m2, porque al dar al lado de una riera, no era construible. Y la puerta que hay para acceder a esta parcelita esta en mi plaza de parking. El problema es que es una construcción antigua de unos 30 años y la plaza de parking es justa para un coche. Durante 30 años esa puerta ha estado cerrada sin usarse, pero ahora hay una vecina que quiere pasar por esa puerta a diario. y claro mi pregunta es, a que tengo derecho. Puedo aparcar mi coche, ya que esta estipulado como parking, pero entonces el paso de servidumbre que significa? Que tengo que mover el coche cuando me lo pidan...o que la gente tiene que pasar entre la pared y el coche pudiendomelo rayar sin poder hacer nada?
27/04/2011 20:16
Y la buena señora, ¿no tiene otro sitio por donde pasar?. Si el terrenito tiene acceso a via pública, la servidumbre quedaría extinguida.
perfil Vio
27/04/2011 20:48
Es servidumbre de paso de personas, por lo que deberá dejar libres unos 80 cm. delante de la puerta. Por normas de incendios esa puerta ha de abrir hacia el exterior, con barra de apertura libre desde dentro, aunque por fuera tenga cerradura.
27/04/2011 21:36
1996, sobre el tema de la servidumbre extinguida, donde puedo encontrar alguna base que defienda esa teoria, ya que en efecto tiene acceso a la via pública.

Respecto a lo de los 80 cm, Vio tienes razón, pero el problema es que si dejo ese espacio, mi vehículo queda fuera de las líneas del parking, con lo que no lo veo muy correcto.
perfil Vio
28/04/2011 07:03
Por el 568 C.C. puede solicitar la extinción de la servidumbre, en razón de acceso a via pública.
28/04/2011 08:40
Muchas gracias Vio, lo miraré.