¡Hola!
Por más que leo acerca de grados de parentesco, no termino de tener claro si el marido de una prima hermana tiene grado de parentesco conmigo, y si es de consanguinidad (que no creo pq no es de "mi sangre") o si es de afinidad (que también dudo porque según todo lo que leo se refiere a la familia de mi marido). Lo único que sé es que de tener algún parentesco sería de 4º grado.
¿Alguien me puede ayudar?
¡Gracias!
Sonia, voy a tratar de explicartelo (ya hay otro hilo abierto al respecto).
La relación de consanguiniedad es una relación de tipo biológico, y existe cuando se "comparte sangre". Para tener relación de consanguiniedad con otra persona esa persona tiene que ser antepasado tuyo, descendiente tuyo o tener un antepasado común.
La relación de afinidad se extablece con la familia del conyuge, por tanto tu tiene relación de afinidad con todas las personas con las que tu conyuge tiene relación de consanguiniedad. Por ejemplo, tu tienes relación de afinidad grado 1 con los padres de tu conyuge pues el tiene con ellos relación de consanguiniedad grado 1.
Debes tener en cuenta que las relaciones de consanguiniedad y afinidad son recíprocas, es decir, si tu tienes relación de afinidad de un grado cualquiera con un pariente de tu conyuge ese pariente la tiene también contigo.
Ahora piensa en el marido de tu prima: él tiene relación de afinidad con los parientes consanguineos de su esposa (es decir tu prima) y por tanto tiene relación de afinidad (grado 4) contigo. Como la relación es recíproca tu tienes la misma relación con él.
Como norma general, tu tienes relación de afinidad:
1. Con todas las personas con las que tu marido tiene relación de consanguiniedad en el mismo grado que tenga tu marido con ellos.
2. Con los conyuges de todas las personas con las que tú tienes relación de consanguinedad (por tanto con el marido de tu prima) también en el mismo grado.
Ha fallecido un primo hermano, los padres ya fallecidos y nunca ha tenido hermanos.Todos los tíos carnales han fallecido, solo vive una tía esposa de un ío carnal (tía por afinidad).En su testamento indica que los herederos serán los sucesores legales:En este caso quienes son los sucesores legales:La tía por afinidad o los primos hermanos?
Un saludo
Ninguno de ellos es sucesor legal, y mucho menos la esposa del tío de la causante. Los parientes políticos no pintan absolutamente nada en la herencia de nadie, a salvo lo relativo al usufructo viudal, que no es el caso. Si su primo hermano no tenía parientes sanguíneos próximos (hermanos, padre, hijos) la herencia puede ser reclamada por ustedes, que distan un cuarto grado del fallecido.
Sigo con mi pregunta y como se haría el reparto de la herencia para cada primo hermano o en concordancia con los tíos carnales de del fallecido.Un tío tenía 6 hijos (solo 5 vivos).Otro tío 2 vivos y otro solo 1..La herencia se repartiría en TRES.
Los tíos no heredan por derecho propio, sino por proximidad en grado. Desaparecidos estos, no transmiten ningún derecho a su estirpe, sino que, en el caso de haber parientes en cuarto grado, podrán estos reclamar lo que le corresponda. Eso significa que la herencia no se divide entre los fenecidos tíos (herencia por estirpe), sino entre los primos vivos, a partes iguales y solo entre los que quieran reclamar la herencia, puesto que su título hereditario no proviene de sus respectivos padres, sino directamente de su primo y por el hecho de no haber otros parientes más próximos en grado. Por tanto, si los 8 primos quieren heredar, cada uno puede acceder al 12,5% de la herencia, sin más.