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Pareja Hecho Com Valenciana

1 Comentarios
 
Pareja hecho com valenciana
24/03/2013 01:16

Hola. Tengo unas dudas acerca de como puede regularizarse mi pareja. Ella es de BRasil, tiene 22 años y lleva casi un año viviendo en España. Vino sin visado de nada, como viaje de 1 mes, pero quedó a vivir aquí.

Llevamos casi 1 año juntos, viviendo juntos desde Diciembre 2012.

La duda que tenemos es cuando podemos inscribirnos como pareja de hecho. Tengo entendido que a los 12 meses de relación. Vivimos en la Comunidad Valenciana

Una vez inscritos como pareja de hecho ella podrá estudiar? podrá sacar la licencia de conducir? podrá tener contrato laboral si encuentra trabajo?

Nuesta intención era casarnos pero por esa vía nos piden 2 años y nos han dicho que es imposible.


Otra cosa, es que yo voy a necesitar contratar a una persona para ayudarme en casa, podría contratarla a ella? Supongo que una vez seamos pareja de hecho y ella este regularizada si que podremos, pero antes no?

Un saludo y gracias a quien se tome la molestia de leer mi consulta

26/03/2013 22:14
Buenas noches

Le dejo el link donde podrá informarse de los requisitos para constituirse en pareja de hecho:
http://www.valencia.es/ayuntamiento/infociudad_accesible.nsf/vDocumentosWebListado/ABD9C70CF08A614FC12572C200242C35?OpenDocument&bdOrigen&idapoyo&nivel=5&lang=1
Después de hacerse pareja de hecho su novia NO adquiere la autorización de residir Y/o trabajar sino que tiene que solicitar la aplicación del régimen comunitario. Para ello como los requisitos mas importantes se exigen los medios económicos y un seguro, privado o público.

Una vez concedido el régimen comunitario podrá hacer todo lo que pregunta.

Por otra parte, el matrimonio es un derecho fundamental recogido en la misma constitución española como tal por lo que no puede ser restringido a nadie (es por lo de imposible) Lo que sí que puede complicarse es el trámite del mismo ya que una vez solicitado éste se realiza un expediente matrimonial donde en caso de una persona ciudadano de UE y otra extracomunitaria puede ser muy minucioso y exigente. Todo ello con la única finalidad de comprobar si de verdad hay una intención de contraer el matrimonio o únicamente para burlar a la ley.

Puede hacer contrato tanto a su novia ahora como después, ahora bien, el mero hecho de tener contrato no le podrá garantizar la concesión de la autorización de residencia y/o trabajo ya que en el régimen general (OJO, no comunitario) se exigen además 3 años de estancia en España.
Para el comunitario lo que tiene que probar es la existencia de medios económicos y si usted los posee (puede presentar todo tipo de documentos, desde un extracto de su cuenta bancaria hasta las nominas) por lo que no hace falta que le proporcione el contrato.

Un saludo.