Hola y muchas gracias por este foro, tengo una inquietud muy grande recientemente me han concedido la nacionalidad española y mi esposo no tiene papeles actualmente y vivimos en cataluña, somos colombianos casados en colombia y con un hijo aqui en españa, hemos ido al registro civil a solicitar la inscripcion de nuestro matrimonio y nos han dado cita para dentro de un año y ademas la inscripcion tarda de 18 a 24 meses ( osea tres años) queremos saber si esposible hacernos pareja de hecho y asi que mi esposo tenga su tarjeta de comunitario no queremos esperar todo ese tiempo hasta que inscriban nuestro matrimonio seria mucho tiempo perdido, hemos considerado el separanos en colombia ya que he escuchado que la parejas de hecho no deben estar casadas, bueno muchas gracias y no se que hacer la verdad...
Hola. En efecto, no podrán constituirse como pareja de hecho, porque los documentos oficiales de Colombia, relativos al estado civil, contendrán la certificación de que están casados y eso los vuelve incapaces para constituirse en pareja de hecho.
Si su hijo es menor de edad, de nacionalidad española, su cónyuge puede beneficiarse del arraigo familiar, por ser padre de un menor de nacionalidad española que vive a su cargo. Si su hijo es menor de edad, pero de nacionalidad colombiana, si usted ya tiene la nacionalidad española, el puede optar por la nacionalidad. Esta opción lo volvería español y con ello, le abriría la puerta para la regularización del padre.
Otra opción.- Si ustedes en Colombia solo se casaron por lo civil y son católicos, pueden casarse en España por la Iglesia Católica (si ustedes solo están casados por lo civil, no tienen impedimento para casarse por la Iglesia Católica, el Derecho Canónico no reconoce el matrimonio civil) y como el matrimonio celebrado en la forma religiosa en España tiene efectos civiles, el cura párroco se encargará de solicitar la inscripción en el Registro Civil. Y una vez inscrito, tendrá el acta de matrimonio española, que le abriría la posibilidad a su cónyuge de solicitar la tarjeta de familiar de ciudadano de la Unión. Y al cabo de un año de matrimonio, la nacionalidad española por residencia, en razón de bastarle solo un año, al estar casado con española.
Muchas gracias por su valioso tiempo y dedicacion al constestar, quiero extenderme un poco en mi historia y decirle que mi hijo no tiene la nacionalidad española ya hemos ido al registro civil y nos han dado cita para el año entrante para meterle papeles por opcion( y nos dicen en el registro que demora un año) , tuvimos que solicitarle la comunitaria en la oficina de extranjeros. mi esposo tiene aqui 5 años de forma ilegal ( y un arraigo social denegado ) y nos casamos por poderes en colombia el aqui y yo alla ( por recomendacion de una abogada) , por lo que nuestra ceremonia de matrimonio no significa nada para nosotros puesto que ni fotos tenemos; por esta razon hemos considerado realizar un divorcio express en colombia segun nuestro abogado duraria unos 30 dias ya que es de mutuo acuerdo. si esto se realiza podriamos hacernos pareja de hecho en españa sin problemas?? como ve la situacion. gracia condedecartagena
Hola. Si se divorcian en Colombia y sale pronto el divorcio, sí podrían, tanto inscribirse como pareja de hecho, como volver a casarse en España.
Usted, como española, debe tener su Fe de vida y estado española, en la que diga que es soltera o divorciada.
Su cónyuge, deberá aportar el certificado de estado civil de su país de origen, en el sentido de que es divorciado. Eso, a la vez, vuelve exigible la presentación de la sentencia de divorcio, con razón de firmeza y la certificación de que se ha efectuado la inscripción marginal en el Registro Civil.
Es importante que quede constancia de que ninguno de los dos, actualmente, mantiene vínculo matrimonial con otra persona (o entre ustedes mismos). Verificado esto, el resto, es posible. Si están en Cataluña y están empadronados en el mismo domicilio desde hace más de dos años y tienen un hijo en común, será más fácil todavía.