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pareja de hecho

4 Comentarios
 
28/04/2011 14:14
Hola, yo vivo en Murcia, soy español y mi pareja no comunitaria con residencia legal. No estoy registrado, ni quiero registrarme como pareja de hecho. Pero, ¿puedo reagrupar a mi pareja como familiar de comunitario? ¿Podría con el nuevo reglamento de extranjería?
27/04/2011 14:02
Hola. Si vive en Burgos, tiene dos opciones:

A) Solicitar la inscripción en el Registro de Parejas de Hecho de la Junta de Castilla y León, de acuerdo con lo dispuesto en su normativa (han adoptado la práctica, por interpretación restrictiva del concepto RESIDENCIA, de exigir a los extranjeros tener la calidad de residentes legales en España).

B) Solicitar la inscripción en el Registro de Parejas de Hecho del Ayuntamiento de Burgos.

En el Ayuntamiento de Burgos, de acuerdo con lo dispuesto en su Reglamento del Registro Municipal de Parejas de Hecho, no se exige un tiempo mínimo de convivencia previa. Pero sí se exige que, al menos, uno de los miembros de la pareja esté empadronado en Burgos (sin precisar un tiempo previo). Además, deben acreditar no estar unidos mediante vínculo matrimonial con otra persona, que debe probarse, si las personas son españolas, mediante Fe de vida y estado; si son extranjeras, mediante certificado de soltería o de capacidad matrimonial expedido EN el país de origen o por el consulado de su país en España.

Una vez realizada la inscripción, podrá solicitar la tarjeta de familiar de ciudadano de la Unión.

Le paso la ruta hacia la página web, con los requisitos exigidos, del Ayuntamiento de Burgos



http://www.aytoburgos.es/tramites/inscripcion-de-parejas-de-hecho-en-el-registro-municipal



Un cordial saludo.
27/04/2011 10:46
hola muchas gracias por la respuesta yo actualmente vivo en burgos ciudad.
27/04/2011 10:25
Hola. Lo relativo a parejas de hecho, depende de la Comunidad Autónoma en la que vivan, ya que la normativa varía; en muchas hay regulación autonómica y un Registro autonómico. Donde no ha habido regulación autonómica, ha tenido lugar regulación municipal y el Registro de Parejas de Hecho ha sido creado y está bajo administración del correspondiente Ayuntamiento y el acceso a él depende de las condiciones establecidas por el correspondiente reglamento municipal.

La existencia de una relación afectiva análoga a la conyugal, en general, admite cualquier medio de prueba admisible en Derecho. Sin embargo, en algunas comunidades autónomas o en algunos ayuntamientos, exigen un medio de prueba preferente y determinante, bien el certificado de haber estado empadronados juntos durante cierto tiempo o bien una declaración de testigos en tal sentido.

En cuanto al tiempo previo de convivencia, varía: en algunas no lo exigen, en otras exigen un año o en otras hay distintas alternativas.

Tendría que especificar en qué comunidad autónoma se encuentran domiciliados.

Un cordial saludo.
Pareja de hecho
27/04/2011 01:51
hola quisiera saver si para yo hacer pareja de hecho con mi novia es sierto que tenemos que desmostrar un minimo de 2 años de convivencia. es que llebamos un año y medio juntos pero casi no tenemos como demostrarlo.