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Pareja de hecho

6 Comentarios
 
09/01/2021 01:20
Tatiana1210
Hola:

Si la autorización de estancia por estudios le caducó en septiembre, para entonces ya no regía el estado de alarma. Se volvió a declarar estado de alarma el 25 de octubre de 2020, pero es diferente del que se declaró en marzo del año pasado y aún no se han adoptado disposiciones específicas para extranjeros, como sí se lo hizo en el anterior estado de alarma.

Con respecto a su pregunta: si tiene caducada la autorización de estancia por estudios y por tanto la tarjeta de identidad de extranjero y no ha iniciado el procedimiento de prórroga, puede otorgar la escritura pública de formalización de unión de pareja estable de acuerdo con el Código Civil de Cataluña con su pasaporte en vigor (el pasaporte es documento idóneo para efectuar trámites notariales) y el notario la enviará al Registro de Parejas Estables de Cataluña. Luego de unos días recibirá un mensaje de correo electrónico con la certificación de inscripción en el Registro de Parejas Estables de Cataluña.

Si formaliza la unión de pareja estable con un ciudadano de la Unión y luego busca solicitar la tarjeta de residencia de familiar de ciudadano de la Unión, tendrá que solicitarla ante la Oficina de Extranjería de la Subdelegación del Gobierno en Barcelona, pero primero deberá solicitar cita previa utilizando certificado digital suyo o de otra persona.

Un cordial saludo.
08/01/2021 21:59
Vivo en Sant Feliu de Llobregat - Puedo hacer unión de hecho con el Nie de estudiante (por master) caducado en el estado de alarma (septiembre 2020 ) ?
18/12/2020 11:35
Condedecartagena
Realmente agradecido con usted.

Se puede contraer matrimonio sin tener partida de nacimiento y teniendo una carta que exprese que la persona nunca se ha casado o ha contraído matrimonio y que este documento sea del consulado?, Pregunto porque dicen que sólo puede ser partida de nacimiento pero no sé si existan otras vías.

Gracias y feliz día!
15/12/2020 03:15
FernanToros
Hola:

No es posible. Un documento extranjero, procedente de un Estado que no es parte de la Unión Europea no puede producir efecto alguno en España si no trae la Apostilla de La Haya si procede de un Estado signatario de la Convención de La Haya de 5 de octubre de 1961, por la cual se suprime el requisito de legalización de documentos públicos o la legalización por vía diplomática ordinaria si procede de un Estado que no es parte de esa Convención.

Un documento extranjero sin Apostilla o sin legalización diplomática, según sea el caso, es un documento inútil porque no puede desplegar sus efectos en España. La Ley de Enjuiciamiento Civil ya establece claramente que los documentos públicos extranjeros se asimilan a los españoles si llevan la Apostilla o la legalización diplomática. Y además, si están en un idioma diferente del castellano o el cooficial de la respectiva comunidad autónoma, deberá estar traducido por un traductor jurado de la lista publicada por el Ministerio de Asuntos Exteriores de España.

Para contraer matrimonio en España es necesario que se trámite un expediente matrimonial previo en el Registro Civil del municipio donde esté empadronada cualquiera de los contrayentes. De momento, el expediente matrimonial previo necesariamente ha de tramitarse en el Registro Civil (en algunos municipios pequeños de España el Registro Civil está a cargo del juez de paz). Pero luego, la boda sí puede celebrarse ante notario, en el ayuntamiento ante el alcalde o concejal delegado o ante el propio encargado del Registro Civil o el letrado de la Administración de Justicia del Registro Civil.

El notario o el ayuntamiento le requerirá que aporte el auto favorable a la celebración del matrimonio, expedido por el juez encargado del Registro Civil al finalizar el expediente matrimonial previo.

Lo anterior es válido para el matrimonio civil. Si quisiera casarse en forma religiosa católica (matrimonio canónico), el procedimiento es diferente. Para las demás confesiones religiosas, hay que tramitar un excelente previo también en el Registro Civil.

Un cordial saludo.
14/12/2020 16:43
Condedecartagena
Hola buen día, le agradezco su respuesta.

Vivimos en Baleares. Tengo otra duda y disculpa las molestias, es posible casarse sin tener la partida/acta de nacimiento apostillada?, Se puede entregar otro documento al notario? (Los ayuntamientos están al colapso de trámites y nos dijeron posiblemente año 2022) por eso una opción es el notario.

Gracias y feliz día.
12/12/2020 01:24
FernanToros
Hola:

No indica la comunidad autónoma en la que vive. Es importante saberlo porque la normativa varía. En España no hay regulación estatal de las parejas de hecho sino autonómica.

Lo importante siempre es que estén empadronados en la misma vivienda. Luego, hay comunidades autónomas que requieren que se pruebe un tiempo previo de residencia y otras en las que no es necesario.

En todo caso, una vez inscritos en el Registro de Parejas Estables de la correspondiente comunidad autónoma o ciudad autónoma, si usted es ciudadano de la Unión y su pareja es extranjera extracomunitaria, ninguno de los dos está unido mediante vínculo matrimonial con otra persona (hay comunidades autónomas cuya normativa permite a personas casadas pero separadas constituir unión de hecho con otra persona), es suficiente para que se cumpla con el requisito exigido por el Real Decreto 240/2007, de 16 de febrero, para que su pareja pueda solicitar la tarjeta de residencia de familiar de ciudadano de la Unión.

Un cordial saludo.
Pareja de hecho
10/12/2020 15:23
Buenas tardes, espero que esteis bien.

Mi motivo de consulta es, puedo hacer pareja de hecho con mi novia 2 años de relación pero ella tiene que hacer practicas 8 meses fuera de la ciudad, y no podremos vivir juntos durante ese periodo, eso se puede hacer? podemos igualmente inscribirnos como pareja de hecho?.

Gracias y feliz día.