Quería hacer una consulta sobre las parejas de hecho en las Baleares.
Somos una pareja que convive desde hace más de una decada, siendo ello demostrable.
Ambos estamos separados legalmente, mediante sentencia judicial, de nuestros anteriores matrimonios.
Divorciarnos, en principio, lo descartamos por el elevado coste económico.
Nos hemos planteado inscribirnos como pareja de hecho, y ahí vienen nuestras dudas.
Nos podemos inscribir si, solamente, estamos separados ambos judicialmente, o es necesario que nos divorciemos de nuestros respectivos ex?
En caso de que nos podamos inscribir, la viudedad y otros derechos y obligaciones son idénticos al matrimonio?
Para poder optar a la viudedad...esperemos que pasen muchos años...hay que esperar dos años desde que se figura inscrito como pareja de hecho o bastan dos años de convivencia (entendiendo que sí que hay que estar inscrito como pareja)?
Pues nada, ahí están nuestras dudas, a ver si alguien nos puede aclarar algo.
No pueden inscribirse como pareja de hecho mientras subsista el vínculo anterior: es decir, si quieren inscribirse como pareja deben antes obtener el divorcio.
Por lo que se refiere a la pensión de viudedad, establece la Seguridad Social, entre otras cuestiones que el derecho a favor del superviviente, en el caso de parejas de hecho, se dará siempre y cuando el registro como pareja se hubiera realizado con una antelación mínima de dos años Eso, como le indico, entre otros requisitos.
No obstante, también puedo indicarle que, en principio, el divorcio no es un trámite caro, sobre todo si el de cada uno de ustedes de mutuo acuerdo (que es lo que entiendo sucedería al haber transcurrido tanto tiempo).
En determinadas comunidades sí permiten la inscripción estando separados judicialmente
si necesita ayuda puede contar con nosotros
www.asesorlegalgratis.com
En Baleares, al parecer, si que es posible inscribirse en el registro de parejas de hecho sin necesidad del divorcio, únicamente con la separación judicial.
Es extraño porque de la normativa se desprende que no podrían inscribirse quienes tengan algún vínculo matrimonial, como es el caso; pero está claro que siempre seguimos aprendiendo.