Mi pareja es peruano y yo española. Nos hemos hecho pareja de hecho en el Pais Vasco en el mes de marzo, pero aún no hemos recibido contestación; nos dijeron que demora 3 meses, y ese tiempo se cumple en este mes. ¿Nos envian carta al domicilio o debemos pasar por donde nos inscribimos a saber resultado?
Ambos estamos conviviendo en el mismo domicilio, pero solo mi pareja esta empadronada en la ciudad, pues nos dijeron que con que solo estuviera uno de los dos empadronados era suficiente.
A efectos de extranjeria, ¿es necesario que me empadrone o podemos podemos entregar carta de testigos de nuestra convivencia? En cuanto salga la resolución, estoy dispuesta a empadronarme; pues acto seguido de la pareja de hecho, deseamos casarnos. Mi pareja lleva en España 7 años con trabajo estable, ¿podria pedir la nacionalidad? También nos han dicho que debemos presentar a extranjeria la declaracion de la renta de cada uno para ver ingresos, ¿que papeles debemos presentar para sus papeles en extranjeria?
Un saludo
Experiencia propia: Para que mi mujer, extranjera no comunitaria, obtuviera la tarjeta de residencia como familiar de ciudadano de la unión europea (yo, español), nos pidieron un certificado de empadronamiento conjunto (para así verificar, según nos comentó el funcionario, que vivíamos en la misma vivienda). Dudo que acepten una mera carta de testigos. Empadronarse es sencillo y evitaréis inconvenientes.
Si tu pareja es peruano, y lleva 7 años residiendo legalmente en España, puede pedir la nacionalidad. De hecho, creo que los ciudadanos latinoamericanos pueden pedirla bastante antes (al cabo de uno o dos años) sin que se vean obligados a renunciar a la que tienen de nacimiento. Pero lleva bastante tiempo (cosa de dos años o así)
A nosotros no nos pidieron la declaración de la renta. Simplemente, con mi DNI y mi autorización por escrito, consultaron on-line que yo era trabajador por cuenta ajena y con eso les sirvió.
Nuestro trámite fue en Madrid.
En general hay que presentar:
- Pasaporte en vigor del ciudadano no comunitario
- Documento de identidad del ciudadano comunitario en vigor
- Certificado de parjea de hecho o certificado actualizado de matrimonio
- Justificar:
- O bien ser trabajador por cuenta propia (cualquiera de vosotros)
- O bien ser trabajador por cuenta ajena (cualquiera de vosotros)
- O bien disponer, cualquiera de vosotros, de medios para la subsistencia del ciudadano no comunitario durante el tiempo para el que se pida su residencia (dinero, propiedades, cualquier tipo de renta...). En este último caso, también habrá que justificar que se dispone de un seguro médico con cobertura análoga a la proporcionada por el sistema nacional de salud
-Certificado de empadronamiento conjunto
De todas formas, y aunque en cualquier oficina de extranjería deberían pedir exactamente lo mismo, no parece que suceda así. Por si acaso, llevad también vuestras declaraciones de la renta. Nunca se sabe y evitaréis paseos innecesarios.
Se rellena el impreso EX-19 por duplicado, y el día de la cita se llevan todos los documentos anteriores originales y una fotocopia de cada uno de ellos
Allí os darán un resguardo y a esperar la resolución.
Todo ésto lo tenéis en las páginas web oficiales de extranjería.
Que requisitos debe reunir mi pareja peruana para pedir nacionalidad? Lleva trabajando en España 7 años para la misma empresa.
Respecto al empadronamiento, me empadronaré yo tambien, aunque para los trámites de pareja de hecho ambos vivmos en el mismo domicilio y asi lo hicimos constar ¿es suficiente eso?
Muchas gracias
Yo me empadronare entonces ahora. ¿Puede ponernos trabas por no hacerlo juntos y yo hacerlo más tarde? Cuando hicimos los trámites de pareja de hecho, nos dijeron que solo era necesario el empadronamiento de uno de los dos, y por eso no lo hice. ¿puede haber problemas por hacerlo más tarde yo? No deseo perder a mi pareja.
Un saludo
Para la tarjeta comunitaria es necesario que esten empadronados en el mismo domicilio, osino como prueban la convivemcia???? tienes que hacerlo yaaaaaaaaaaaaaaaa.Suerte
En los trámites de la pareja de hecho ambos estamos en la misma dirección. La dueña del piso, se mostro como testigo de ello. De todos modos me empadronare ahora para no tener problemas. En estos momentos estoy fuera por trabajo, pero me empadronare antes de ir a extranjeria con mi pareja. NO QUIERO PERDERLO. Llevamos conviviendo dos años, tanto en Madrid como en el Pais Vasco (donde hicimos la pareja de hecho); ¿podremos alegar la convivencia en otras comunidades tambien? ¿Es obligatorio ir a extranjeria en el lugar de realizar la pareja de hecho? Pues por motivos de trabajo nos transladan.
1.- La competencia para solicitar la tarjeta de residencia como familiar de ciudadano de la Unión es territorial. Es competente la Oficina de Extranjería de la Subdelegación del Gobierno en la provincia donde la persona esté empadronada.
2.- Por razones prácticas y por proximidad, es conveniente hacerlo todo en la misma provincia donde vivan, aunque no es indispensable.
3.- Si tiene documentos que prueben que han convivido en otras provincias de España (pero DOCUMENTOS, no simples declaraciones verbales), pueden presentarlos. Pero será suficiente con la certificación de inscripción en el Registro Público del que se trate.
4.- ES OBLIGATORIO dirigirse a la Oficina de Extranjería, pues es la que tiene competencias para conceder la tarjeta de residencia como familiar de ciudadano de la Unión. Todo lo relativo a Extranjería es competencia estatal.