Al menos en Madrid, a efectos de Extranjería (para solicitar la tarjeta de familiar de ciudadano de la unión europea) te piden un certificado de empadronamiento conjunto. Es decir, un certificado de empadronamiento en el que ambos cónyuges figuren empadronados en la misma vivienda, lo que da idea, a juicio de la administración, de la verosimilitud de la relación. Yo me pasaría por Extranjería y preguntaría, no sea que llegado el momento de presentar vuestra solicitud, os falte precisamente un certificado de empadronamiento conjunto. Si no hay otros inconvenientes, no veo ningún problema en empadronarte cuanto antes en la misma vivienda.
Mi pareja es peruana y nos hicimos pareja de hecho en el Pais Vasco hace unos meses; estamos esperando la resolución, la cual en su dia nos dijeron que tardaba 3 meses.
Por otro lado, mi pareja esta empadronada en Vitoria, pero yo no me empadroné porque nos dijeron que no era necesario estar los dos, pero estamos viviendo juntos en la misma vivienda y asi lo hicimos constar. ¿Me tengo que empadronar a efectos de extranjeria? Lo haria una vez conseguida la pareja de hecho ¿nos informan por escrito o debemos ir de nuevo al ayto?
Muchas gracias