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Pareja de hecho y tarjeta de residencia

45 Comentarios
Viendo 1 - 20 de 45 comentarios
27/03/2020 03:41
Alexa122
Tengo antecedentes policiales por hurto y tengo pareja de hecho pero no eh realizado la tramitación en extranjería de la tarjeta comunitaria, por que quisiera saber si esto me juega en contra o no me darán la tarjeta
15/01/2020 09:46
Alexa122
Hola buenas...

Tengo el NIE por Matrimonio con un familiar de la union (actualmente estoy divorciado y por desconocimiento nunca hice el tramite del cambio a Régimen General).
Mi NIE vence en unos días y como actualmente estoy en Pareja de Hecho con una Ciudadana Española, estoy esperando el día de la cita Previa en extranjería.

Al ya tener un NIE español (vencido), siendo pareja de hecho y con el resguardo de la cita en extranjería, que posibilidades tengo de trabajar estando dado de alta en la seguridad social? Ya que el verdadero perjuicio que me genera la solicitud del NIE es que los meses en los cuales estoy esperando a la cita (estoy en Barcelona) no puedo trabajar

Muchas gracias,

Saludos
24/11/2019 22:38
Grace81
Hola :

1.- Desde el momento en que usted tenga en su poder el certificado de inscripción en el Registro de Parejas Estables de Cataluña, expedido por la Direcció General de Dret i Entitats Jurídiques del Departament de Justícia de la Generalitat de Catalunya, tiene derecho a solicitar la tarjeta de residencia de familiar de ciudadano de la Unión, porque habrá quedado sujeta al Real Decreto 240/2007, de 16 de febrero. Pero debe solicitar cita previa . NO DEBE ESPERAR UN AÑO.

2.- En Cataluña basta con estar empadronado en cualquier Ayuntamiento de esta comunidad autónoma para tener derecho a la asistencia sanitaria y poder solicitar la tarjeta sanitaria individual, aunque sea extranjero extracomunitario y se encuentre en situación irregular. Esto sin perjuicio de que si después, ya con su tarjeta de residencia comienza a trabajar y es afiliada a la Seguridad Social, pase a ser considerada asegurada a la Seguridad Social.


Un cordial saludo.
24/11/2019 16:15
Alexa122
Buenos dias, soy Argentina Viviendo en Barcelona, con mi pareja española, nos hicimos pareja de hecho por notario hace un mes? Mi pregunta es: a partir de cuando puedo solicitar mi tarjeta de residencia por familiar de europeo? Y cuando puedo tener acceso a la sanidad publica? Me refiero a la tarjeta sanitaria. Me han dicho que tengo q esperar al menos un año, para iniciar los trámites de la tarjeta de residencia por familiar de europeo. Yaque si lo hacia ahora, que la convivencia es reciente de 1mes que corria el riesgo de que me denegasen los papeles. Que hay de verdad en eso? Muchas gracias de Antemano.
13/08/2019 16:52
Alexa122
Buenas tardes,

tengo dudas a la hora de tramitar la citación por el sistema RED de extranjera, quiero solicitar una cita en la ofician de extranjería para una pareja de echo de familiar comunitario. El problema esta en que la documentación que pone en la pagina del gobierno no es bien clara ya que en el sistema red hay un mínimo de arribos adjuntos que adjuntar. Ta casa de solicitud debe estar pagada o cómo se debe de presentar extactamente.

Gracias, saludos.
13/08/2019 14:07
Alexa122
Buenos días, quisiera ayuda con una duda que tengo, mi novio y yo ya hicimos pareja de hecho yo soy Portuguesa y el es Español, cual seria el procedimiento para yo solicitar la tarjeta de residencia? yo ya tengo el NIE pero la hoja blanca porque aun no trabajo aquí pero mi pareja si esta trabajando.

Espero su respuesta, muchas gracias.
13/07/2019 21:47
Alexa122
Hola, tengo una consulta. Yo solicité hace tiempo la nacionalidad española y me aceptaron la solicitud, pero ahora no tengo la nacionalidad sino el permiso de residencia, hasta que me aprueben todo.
Quería saber si en mi situación al hacernos pareja de hecho mi novio (extranjero) y yo, él puede conseguir la residencia como yo

Gracias.
08/07/2019 13:29
Alexa122
Hola que tan cierto es lo de la entrevistas a las parejas de hecho para lo de la tarjeta de residencia .Y otra consulta es absolutamente necesario sacarle copia al pasaporte.
31/05/2019 18:55
Flyinghigh
Hola... Estoy en la misma situación que la otra chica te comentó. Tengo como pareja a un chico español y se me ha vencido mi permiso de residencia. Así que queremos hacernos pareja de hecho para regularizar mi estancia. Ya que planeamos casarnos pero más adelante.

Agradecería me aclares los requisitos para hacerse pareja de hecho. He estado leyendo en varios sitios pero me confiaría más si tú me ayudas. He intentado obtener cita a través de la página de extranjería pero no hay por el momento y quisiera ir ya con toda la documentación requerida.

Muchas gracias de antemano.

Saludos,
25/03/2019 23:06
Hola :

Si ya tienen el certificado de inscripción en el Registro de Parejas Estables de Cataluña, puede permanecer en España sin problema hasta que le sea expedida la tarjeta. El art. 12 del Real Decreto 240/2007, de 16 de febrero establece que hasta tanto se tramite la tarjeta de residencia de familiar de ciudadano de la Unión, la persona puede permanecer en España provisionalmente.

Puede pedir la cita por medio del Registro Electrónico Central, pero necesitará contar con un certificado digital, que si no lo tiene, lo puede solicitar gratuitamente en la página web de la Fábrica Nacional de Moneda y Timbre. Con este sistema, tendrá que adjuntar escaneada la solicitud y los documentos y la cita se la asignan en pocos días, pero para dentro de uno o dos meses. La ventaja es que el expediente ya habrá sido estudiado cuando comparezca a presentar la solicitud.
25/03/2019 21:47
Matiasa
Hola, es si ella debe abandonar el país si no consigue cita antes de finalizar los 90 días. O al ser pareja de hecho se puede quedar en el país más tiempo a pesar de no contar con NIE todavía.

Muchas gracias
25/03/2019 19:02
Alexa122
Hola. El contrato debe ser de más de 91 días.. Preferiblemente a jornada completa pero si no es asi debe ganar tu novio anualmente más de lo que se fija como pensión no contributiva.. Q para dos personas a dia de hoy está en 9319,60 euros anuales.. Por lo que él deberia ganar arriba de ese monto anual para que te aprueben la tarjeta. Si los números cierran te darán la tarjeta sin problemas. Mejor llevar nóminas al momento de presentar todo para respaldar el contrato q presenteis. Suerte!
25/03/2019 18:33
Alexa122
Buenas tardes, por favor tengo una consulta urgente.

Soy ciudadano italiano viviendo en Barcelona hace poco tiempo, recientemente me otorgaron mi NIE y estoy empadronado con mi pareja (extracomunitaria) bajo el mismo techo.
Ademas nos inscribimos como pareja de hecho ante notario y ya tenemos la acreditacion.
Mi consulta es la siguiente:
Ella esta buscando conseguir cita para obtener su tarjeta de familiar de comunitario (todavia no ha conseguido) y ya estan por pasar 90 días desde su llegada a España.
Ella debe abandonar el pais si no consigue la tarjeta o la cita dentro de los 90 dias o se puede quedar mas tiempo?

Muchas gracias
20/01/2019 16:15
Alexa122
Buenas tardes, he leído todos los puntos expuestos anteriormente a "alexa122" y la verdad me han ayudado para entender más del tema.
En mi caso mi pareja y yo ya tenemos la inscripción y certificado como pareja de hecho.
Mi duda es respecto a los requisitos para tramitar la residencia.

1. Es necesario presentar los antecedentes penales y la partida de nacimiento de mi pareja (que es el no comunitario) el día de la cita en la oficina de extranjería?
2. Actualmente curso las prácticas universitarias remuneradas, me sirve esto para justificar medios económicos?
3. Mi pareja ya puede trabajar legalmente con el certificado de parejas de hecho?

Gracias de antemano.
18/09/2018 16:08
Carlos_i
Hola, Carlos: Pues en tu caso no sé muy bien qué recomendarte. Si para hacerte pareja de hecho necesitas demostrar un mínimo de 12 meses de convivencia, vas a tener que permanecer en España esos 12 meses seguidos, y ello no es posible entrando como turista, incluso extendiendo este status hasta los límites. Siempre puedes entrar como turista, empadronarte y... no marcharte hasta pasados 12 meses, es decir, permanecer durante unos meses en situación irregular. Ello no impide que puedas permanecer empadronado ni que puedas formalizar tu relación como pareja de hecho, pero no te lo recomiendo. Después de todo, estarías unos meses en situación irregular y en peligro de que la policía pueda detenerte y deportarte....

Quizá algún otro forero pueda aportarte alguna solución legal.

Mucha suerte de todos modos.
03/09/2018 03:43
Alexa122
Hola que tal... Estaba leyendo algunos puntos que le expusiste a "Alexa122" los cuales me han parecidos excelentes observaciones y recomendaciones de tu parte"Flyinghigh"

Mi caso es el siguiente:

Yo soy Mexicano y mi novia de nacionalidad Española (Tenerife), hemos decidido formalizar nuestra pareja y vivir juntos allá en Tenerife, pero no sabemos exactamente la forma legal para que yo pueda residir y trabajar allá en Tenerife. Estaba viendo que una de las formas por las cuales pudiese residir es por medio de la famosa figura jurídica de "Pareja de hecho", y quizá esté mezclando algún par de cosas más allá de la pareja de hecho en mi punto, pero me surgen bastantes dudas al respecto por lo que he podido leer.

Primero, veo que para poder formalizar una pareja de hecho yo tengo que estar viviendo allá en el lugar de mi pareja, y que para darse de alta como pareja de hecho debe ser comprobable, que al menos, la pareja tenga 12 meses, como mínimo, de convivencia y mi duda es, bajo que tipo de visado sería recomendable entrar para yo poder residir esos 12 meses que la ley contempla o si entro como turista bajo carta invitación y después solicitó un aplazamiento, en seguida de que yo esté allá ¿Podemos hacer nuestra solicitud de pareja de hecho o que me recomendarías al respecto?

Saludos
30/08/2018 01:04
Alexa122
Mensaje eliminado
22/08/2018 09:43
Alexa122
Hola, a ver, varias cosas:

1. Cuando digo que tu pareja debe tener trabajo ininterrumpidamente durante los próximos cinco años realmente quiero decir que él (O TU) debe tener trabajo ininterrumpidamente durante los próximos cinco años. En definitiva, tenéis que tener medios de subsistencia (lo más habitual es a través del trabajo personal, salvo personas con alto poder económico) de manera ininterrumpida.

2. Si extranjería llegara a decretar la pérdida de vigencia de tu tarjeta por no cumplirse lo anterior, debería notificártelo de manera fehaciente (por carta certificada, quiero decir, o medios electrónicos). Para qué? Pues para que presentes las alegaciones en contra de dicha decisión que consideres conveniente. Esa es la única manera de saber que tu tarjeta sigue vigente. Si no te llega ninguna carta a casa, pues tranquila. Si no te pueden localizar porque hayas cambiado de domicilio, lo que hace extranjería es publicar la resolución en el Tablón Edictal Único, que puedes consultarlo aquí: https://www.boe.es/tablon_edictal_unico/
Basta con que intentes localizar notificaciones poniendo tu número de NIE, o tu nombre y apellidos completos. Haz una búsqueda cada 3 meses si quieres quedarte tranquila del todo.

3. Si eres beneficiaria de tu novio, NO tienes por qué tener un seguro médico privado. Pero si no lo eres, ni tienes trabajo (tú), entonces sí que necesitas un seguro médico privado. Es decir, lo que se exige es un seguro, bien por ser beneficiario de tu novio, bien por ser titular de ese derecho si tú misma trabajas, o bien un seguro privado si no puedes acceder a ser beneficiaria o titular en la seguridad social. Lo que es imprescindible es que tengas uno un otro (el que sea) sin que en ningún momento te hayas quedado sin ningún seguro en los próximos 5 años.
21/08/2018 12:55
Flyinghigh
Muchas gracia, Osea que mi pareja siempre debe tener trabajo. ¿ Qué pasa si por ejemplo pasa un mes desempleado y luego consigue otro trabajo? También me anularían la tarjeta? Hay una forma en la que pueda saber si durante esos 5 años mi tarjeta sigue o no siendo válida?

y siempre debo tener seguro médico privado durante esos 5 años, aunque sea beneficiaria de la SS de mi novio?
21/08/2018 07:59
Alexa122
Un "detalle" más, que a mucha gente se le olvida y luego vienen los problemas.....
Aunque no importa hasta cuándo tenga contrato de trabajo tu novio para que te expidan la tarjeta de familiar de ciudadano comunitario (la tarjeta inicial), es FUNDAMENTAL que, una vez que tengáis la tarjeta, tu novio tenga trabajo durante los próximos 5 años, bien por cuenta ajena (empleado) o por cuenta propia (autónomo), y es FUNDAMENTAL que, una vez tengáis la tarjeta, tú tengas, durante los próximos 5 años, un seguro médico, bien público o bien privado. Por qué? Pues porque si en algún momento, durante los próximos 5 años, deja de cumplirse alguna de estas condiciones, y extranjería se entera, tu tarjeta de residencia queda automáticamente anulada. Por qué? Pues porque en la normativa se indica claramente que el mantenimiento de la tarjeta está supeditada al cumplimiento de las condiciones que dieron lugar a su expedición. Cuando, dentro de 5 años, vayas a solicitar la tarjeta PERMANENTE de familiar de ciudadano de la unión europea, Extranjería verificará lo que te he comentado anteriormente, o sea, que durante los 5 años anteriores habéis tenido medios de vida y has tenido seguro privado, y verificará que, EN EL MOMENTO DE LA SOLICITUD de la tarjeta permanente, estas condiciones se siguen cumpliendo. Una vez que tengas la tarjeta PERMANENTE ya no importa si tenéis medios de vida o no o si tenéis seguro médico o no.

Una última cosa, que también se le olvida a mucha gente y luego, como te decía antes, vienen los problemas........... Cuando tengas tu tarjeta comunitaria inicial podrás salir del país un máximo de 6 meses al año. Y cuidado por que esto lo verificará también la oficina de extranjería cuando vayas a solicitar la tarjeta permanente. Si sales más de 6 meses al año (no importa si en un único viaje o varios discontínuos) y extranjería se da cuenta, tu tarjeta queda automáticamente anulada, y, en su caso, denegada la permanente. Mi consejo: Guarda TODOS Y CADA UNO de los documentos que generes durante tu residencia en España (visitas al médico, recetas, abono-transporte,...) todo, todo, todo, todo a fin de acreditar que, en las fechas de dichos documentos ,tú estabas en España. Ten presente que la policía no siempre sella los pasaportes a la entrada o a la salida del país, y a veces es difícil demostrar que has estado en España durante el tiempo reglamentario.

Mucha suerte.