hola,vivo en barcelona i quisiera saber si aun el ayuntamiento esta registrando a las parejas de hecho,ya que he oido que ya no,i por consecuencia no podremos tramitar la tarjeta comunitaria del familiar(pareja),es que mi pareja quiere viajar al extranjero i solo tiene el nie,se podria viajar i trabajar con la tarjeta comunitaria?gracias.
No dice en qué situación jurídica-administrativa está su pareja. Al mencionar que tiene NIE, no se dice nada, ya que todo extranjero que viva en España, incluso los irregulares sancionados, tienen asignado NIE (Número de Identidad de Extranjero). Por tanto, es necesario, primeramente, saber si su pareja es:
A) Titular de una autorización de residencia en España, en régimen general.
B) Titular de una autorización de estancia por estudios y tiene, por ello, una tarjeta de identidad de extranjera como estudiante.
Si tiene alguna de las situaciones anteriores, sí que puede circular libremente por el espacio de Schengen y salir fuera de él y regresar mientras esté vigente.
Si, en cambio, está en situación irregular, ya el asunto es diferente y por es mismo, es necesario saber con precisión su situación.
De los Ayuntamientos del área metropolitana de Barcelona que continúan teniendo el Registro de Parejas de Hecho, solo quedan Santa Coloma de Gramenet y Sant Adrià de Besós. El de Santa Coloma funciona muy bien. Solo exige que ambos estén empadronados en la misma vivienda dentro de Santa Coloma.
Con la tarjeta de residencia como familiar de ciudadano de la Unión, se puede CIRCULAR y PERMANECER hasta 90 días en otros Estados miembros del espacio Schengen. Pero NO SE PUEDE RESIDIR, NI TRABAJAR. Para hacerlo, es necesario que vaya acompañando al familiar comunitario, que es el titular del derecho y una vez que él lo haya ejercido, entonces sí, puede concederle el derecho de residencia en ese otro Estado a su pareja de hecho, siempre y cuando, el Estado al cual se dirijan dé a las uniones de hecho registradas un tratamiento, al menos equivalente, al matrimonio.
gracias de antemano,mi pareja tiene la 1ra autorizacion de residencia i trabajo que tiene vigencia hasta noviembre del 2013 en regimen general,pero al ver que no hay faena aqui,piensa trabajar fuera de españa,por ejemplo alemania,podria trabajar?.
entonces con respecto a la pareja de hecho,nosotros vivimos en sant andreu( barrio)i quiere decir que no podriamos inscrbirnos ahi,tendriamos que empadronarnos en santa coloma o sant adrià
1.- NO. Con esa autorización, solo puede circular por el espacio de Schengen, en calidad de turista y permanecer hasta 90 días en los demás países miembros. Pero NO puede trabajar en ellos. Ella tiene una autorización de residencia EN España, solo válida para residir y trabajar en España.
Puede, eso sí, solicitar, desde España, en el Consulado del país al que quiere ir a trabajar, un visado de residencia y trabajo, pero le exigirán contrato de trabajo en el país al cual se dirige.
2.- El Ayuntamiento de Barcelona ya no tiene Registro de Uniones Civiles, desde diciembre del año pasado. Si quiere hacerse pareja de hecho, para que ella se beneficie del régimen comunitario, tendrán que primero, empadronarse en el Ayuntamiento de Santa Coloma de Gramenet. Luego, otorgar escritura pública de formalización como pareja de hecho ante cualquier notario (preferiblemente, esto hágalo en una notaría de Barcelona, donde están más acostumbrados a tratar con clientela extranjera) y finalmente, solicitar la inscripción en el Registro de Parejas de Hecho del Ayuntamiento de Santa Coloma de Gramenet.
Con la certificación de inscripción, entonces sí, ella podrá solicitar la tarjeta de residencia como familiar de ciudadano de la Unión. Pero, igualmente, solo le servirá para España, no para otros países (sin embargo, puede resultarle útil para el caso de que ella, llegado el día, no haya cotizado lo suficiente como para poder renovar en régimen general, pues estando en régimen comunitario, no estará sujeta a estas consideraciones).