Hola, qué tal? Escribo porque tengo una duda respecto a la obtención de tarjeta de residencia por familiar de comunitario de la UE.
Soy argentino y tengo una tarjeta de residencia no lucrativa, estoy en pareja, ambos empadronados en Barcelona y vamos a inscribir la pareja de hecho en esta localidad. En fin, en breve nos mudaremos a Madrid y esa es mi consulta puntual. ¿Puedo iniciar mi trámite en una oficina de extranjería en Madrid para obtener la residencia por vínculo familiar, de una pareja de hecho registrada en Catalunya? ¿O me veo obligado a hacer el trámite en una oficina de extranjería de Barcelona al tener inscripta la pareja en el registro de esa ciudad?
Estoy intentando llamar a extranjería pero es imposible comunicarme.
Gracias!
Hola:
La solicitud de la tarjeta de familiar de Ciudadano de la Unión Europea tienes que hacerla en la provincia en la que tengas tu domicilio habitual (es decir, en la provincia en la que estés empadronado).
Si haces el trámite en Cataluña, y con posterioridad -una vez obtenida la tarjeta en Cataluña- os vais a vivir a Madrid (y, por lo tanto, os empadronáis en Madrid), estáis obligados a notificar dicho cambio de domicilio en cualquier comisaría del Cuerpo Nacional de Policía, adjuntando prueba de empadronamiento (volante o certificado de empadronamiento).
Si os vais a vivir a Madrid, primero debéis empadronaros en Madrid, para después iniciar el trámite de tarjeta de familiar de comunitario en una oficina de extranjería de Madrid.
Continúo (se me olvidaba comentar lo siguiente): No importa donde esté registrada la pareja de hecho (mientras sea en un registro público y se disponga del correspondiente certificado de inscripción) para iniciar el trámite en una provincia u otra. Lo que importa es la localidad de residencia cuando se inicia el trámite.