Disculpa, madox, no habia leído tu nuevo post. A salvo de particularidades forales, a grandes rasgos se trataría de lo que comentas: Dejarle todo al otro salvo lo indisponible, es decir, las legítimas.
Gracias optio.Supongo que con lo de el uno para el otro te refieres a dejarse mutuamente el tercio de libre disposición. Pueden dejarse mutuamente el usufructo universal de la herencia y el tercio de libre disposición? ( como veis ando un poco perdido con esto de las herencias, je,je)
Pueden hacer testamento el uno para el otro, aunque no podrán disponer de la parte de légitima de los hijos que suponga el valor del piso. No obstante, siempre podrán otorgarse , también mutuamenteel usufructo y, por tanto, se pueden aprovechar del uso y de los frutos cuando uno de los dos falte, además de ser copropietario de la vivienda.
HOLA A TODOS, el tema es el siguiente: Unos clientes tiene un piso al 50%, son pareja de hecho y él tiene dos hijos.
Lo que quieren es que, en la medida de lo posible, si a alguno le pasa alga el piso sea para el otro.
qué se puede hacer?