Tanto Extremadura como Andalucía tienen sus propias leyes de parejas de hecho y sus propios registros autonómicos.
Ambas exigen que al menos uno de los integrantes de la pareja esté domiciliado y resida efectivamente en un municipio de la comunidad autónoma (y por domiciliado a estos efectos ha de entenderse empadronado) y que, al mismo tiempo, no esté inscrito en otro Registro de Parejas de Hecho de otra comunidad autónoma.
Pero se diferencian en los requisitos exigibles: Extremadura exige un año de convivencia continuada y la tramitación de un procedimiento contradictorio ante el encargado del Registro de Parejas de Hecho, en el que se ha de acreditar que se cumple con los requisitos sustantivos exigidos. En cambio, Andalucía no exige un tiempo mínimo de convivencia previa y da más opciones para efectuar la formalización de la pareja de hecho: se puede efectuar ante el mismo encargado del Registro de Parejas de Hecho, ante el alcalde o concejal delegado del ayuntamiento (que remite el expediente al Registro de Parejas de Hecho) o por escritura pública (que luego, los interesados habrán de presentar ante el Registro de Parejas de Hecho).
La opción del notario es recomendable para los casos en los que la otra parte es extranjera extracomunitaria y se halla en España en situación irregular.
Con todo, en ambas comunidades autónomas se debe acreditar el estado civil: las personas españolas lo prueban con la Fe de vida y estado; las personas extranjeras lo han de probar mediante documento público expedido por las autoridades competentes del país de su nacionalidad con la Apostilla de La Haya o legalización diplomática, según corresponda y la traducción al castellano efectuada por traductor jurado si estuviera en un idioma diferente.
Con todo, si su pareja es extranjera extracomunitaria y lo que busca es que ella obtenga la tarjeta de residencia de familiar de ciudadano de la Unión, entonces sí que deben estar empadronados en el mismo domicilio, la Oficina de Extranjería requiere la convivencia.
Buenas.
Mi pareja y yo vivimos en CCAA diferentes, ella en Extremadura y yo en Andalucía.
Por el momento no podemos vivir juntos y queríamos saber si hay alguna forma de legalizar nuestra situación (sea pareja de hecho u otro procedimiento) sin cambiar de domicilio (al menos por ahora).
PERDONEME, Se me olvido comentar , que yo vivo en el Puerto de Santa Maria y mi novio en Jerez. Quiero irme a vivir a Jerez a casa de mi novio. Llevo casí 6 años de novios pero viviendo cada uno en municipos diferentes, pero ahora decidimos hacernos pareja de hecho. Que pasós debemos seguir en el municipio de Jerez de la Frontera ( Cadiz). Gracias
Buenas, me gustaria hacerme pareja de hecho con mi novio, el esta divorciado y actualmente vivimos en municipios diferentes Que pasos tengo que dar para tramitar esta gestión?, Debo primeró empadronarme en el municipió de mi pareja?. Gracias
Se exige que AL MENOS UNO de los integrantes de la pareja esté empadronado en cualquier municipio de la Comunidad Valenciana. Y también se exige acreditar el estado civil de cada uno.
Lo anterior es a efectos de formalizar y solicitar la inscripción en el Registro de Parejas de Hecho autonómico, conforme lo establece la normativa autonómica.
Ahora bien: si la finalidad es que posteriormente pueda solicitar la tarjeta de residencia de familiar de ciudadano de la Unión, entonces sí será necesario que estén empadronados en la misma vivienda.
Soy Residente con mi NIE y mi pareja es español, y queremos hacer pareja de hecho pero no estamos empadronados juntos vivimos dentro de la misma comunidad Valenciana, podemos hacer pareja de hecho y que trámite hay que hacer ?
Hola Nurr15, has podido conseguir una respuesta ? Yo soy francesa y mi novio Nicaraguense, queremos registrarnos como pareja de hecho, tenemos 1 ano de relacion pero solo un par de semanas viviendo juntos y empadronados juntos. Lo que pasa es que su residencia va a terminar en Marzo, por eso queriamos hacernos pareja de hecho lo antes posible. Es posible hacerlo antes de los 12 meses ? un saludo
Hola!
Estoy en un caso parecido: mi pareja y yo llevamos casi cuatro años juntos y queremos registrarnos como pareja de hecho en la Comunidad de Madrid. Necesitamos el registro para poder irnos a vivir juntos, puesto que su trabajo lo requiere, por eso mismo no podemos demostrar la convivencia en una misma vivienda.
Quería saber si algun@ de vosotr@s pudo al fin registrarse como pareja de hecho sin haber una convivencia anterior. Si es así que tuvieron que presentar o hacer.
Gracias
Muchas gracias por informarme. Precisamente yo vivo en la región de Murcia y pensábamos solicitarlo aquí, ya que él vive en Madrid y los trámites allí creo que demoran mucho más tiempo. Igualmente entiendo con lo que me has dicho que aunque en la ley de aquí no especifique un tiempo de convivencia, sí que será necesario el empadronamiento junto para solicitar la residencia en cualquiera de los casos no?
Con relación a las parejas de hecho, conviene tener presente que en España no hay legislación estatal sobre la materia, sino autonómica, excepto en Murcia, donde es municipal. Y cada Comunidad Autónoma o Ayuntamiento tiene su propia regulación, con sus requisitos y exigencias específicas. Por eso, siempre conviene conocer dónde residen para determinar la normativa por la que se regirán.
Pero, en general, todas las normativas coinciden en exigir convivencia : algunas de forma previa, durante un tiempo determinado y otras no exigen convivencia previa durante determinado tiempo, pero sí que se conviva al momento de la formalización o se tenga la voluntad de hacerlo. Y por lo general, se requiere empadronamiento conjunto.
A efectos de solicitar la tarjeta de residencia de familiar de ciudadano de la Unión, se exige la inscripción en el Registro de Parejas Estables autonómico o municipal correspondiente y que estén empadronados en la misma vivienda.
Buenas, me gustaría obtener más información sobre este tema, si alguien me puede ayudar por favor lo agradecería. Alguien que haya pasado por una situación similar o entienda del tema.
Mi novio y yo (él venezolano y yo española) llevamos un tiempo manteniendo una relación a distancia. Los dos vivimos en España pero en comunidades distintas, cada uno con su respectiva familia. Queremos hacernos pareja de hecho pero nuestra intención es seguir viviendo separados de momento, hasta que en un futuro las condiciones laborales y económicas nos permitan ya vivir juntos. La pregunta es si legalmente y de manera oficial podría ser considerada y reconocida como pareja de hecho nuestra relación en la actualidad aunque no convivamos?
He visto también que anteriormente alguien dijo que debían empadronarse juntos a partir del momento en que se formaliza la pareja de hecho aunque realmente no convivan en ese lugar sino con sus respectivas familias, pero no se realizan comprobaciones de que la convivencia es real?
Un saludo y agradezco cualquier ayuda que puedan darme porque estoy bastante perdida en el tema.
Hola Pedrovv al final tuviste suerte al realizar la pareja de hecho en el 2012 con tu pareja mejicana? Yo tengo´ahora la misma situación que tú hace años y por eso agradecería tu respuesta
Muchas gracias
Depende de la Comunidad Autónoma en la que resida. Cada Comunidad Autónoma tiene su propia regulación en materia de parejas de hecho. Pero en todo caso, a partir de la formalización se supone que ambos comienzan a convivir como pareja, de modo que deberán, al menos formalmente, empadronarse en la misma vivienda, aunque de hecho casa quien siga residiendo en la vivienda de sus padres.
Tengo una relación de seis años y medio,cada uno vivimos con nuestros padres y me gustaría saber y se puede hacer pareja de hecho ,sin a ver tenido una convivencia.
quería consultar una duda. Resulta que tengo una relación a distancia en el mismo país, España, con mi pareja, pero por circunstancias vivimos y estamos empadronados en Comunidades diferentes y hasta dentro de un tiempo bastante prolongado, no podremos convivir juntos. Llevamos 2 años de relación, hemos convivido juntos en ocasiones como cuando el horario nos lo ha permitido como festividades o fin de semana, no tenemos casa conjunta y no tenemos hijos en común. ¿Podríamos hacernos aún así, sin haber convivido un tiempo seguido y prolongado, pareja de hecho yendo al registro de algunas de nuestras comunidades? ¿Qué procesos hay que seguir? ¿Siendo uno de ellos extranjero pedirán documentación adicional o se hará algún tipo de entrevista? ¿Se podría anular la pareja de hecho si en un futuro decidimos casarnos?
El número de afiliación a la Seguridad Social es único, durante toda la vida de la persona. Tiene que comunicar el NIE a la Administración de la Seguridad Social; no le es lícito solicitar otro número, cuando ya tiene uno asignado, independientemente de las circunstancias en las que lo hubiera obtenido, ese es su número de afiliación a la Seguridad Social.
holaa,quisiera consultarle una duda que tengo,hace 4 años atras solicite un numero para afiliación a la seguridad social,ya que tramitaba los papeles x arraigo social y me lo pedían,en ese día me dieron de alta con mi passaporte,ahora estoy casado con una ciudadana de origen europeo x lo cual me concedieron el régimen comunitario y quisiera saber si tengo q ir y solicitar un numero nuevo para la seguridad social para empezar a cotizar ya q ahora tengo asignado un numero de nie, o tengo q cambiar mis datos o puedo utilizar el mismo numero tal cual sin modificar nada?? muchas gracias
El caso es que yo no tengo una convivencia continua de 12 meses tampoco en su país, únicamente meses sueltos, por lo que de pedirme pruebas se limitarían a facturas de hotel, billetes de autobús a nuestro nombre, fotos, etc...
Si investigasen, ¿podrían denegar la residencia y/o la pareja de hecho?
Esta página me ha parecido la que mejor y más completa información proporciona de cuantos abogados pregunté... ¿cómo puedo contactar con un abogado de ustedes para que me lleve el caso?