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Pareja de hecho: Reparto de bien común y custodia de hijos

2 Comentarios
 
Pareja de hecho: reparto de bien común y custodia de hijos
30/12/2004 00:42
Una complicada.Hasta hace dos años vivía en pareja sin casarme y de esa unión tenemos un niño. La casa donde vivimos aunque la compre y he pagado y restaurado yo, legalmente se inscribió a nombre de los dos. Actualmente se ha roto la relación y aunque está decididido, e incluso, ambos tenemos relaciones nuevas, no tenemos dinero para adquirir una nueva casa. Es una casa que no quisiera vender ya que además se que el niño esta a gusto en ella, y por otro lado ella me pide la mitad de su valor actual de venta para marcharse sabiendo q no aportó ni un duro. En fin... a) ¿Alguien sabe como es la custodia de los hijos en el caso de parejas de hecho? Supongo que irán con la madre como en los matrimonios...y en ese caso. También le asignarian la casa a ella como copropietaria ¿aunque no haya habido matrimonio? ¿Se conceden pensiones en estos casos? Otra cuestión, estoy pensando comprar un apartamento en este caso a mi nombre. Como cara a la galeria seguimos viviendo juntos si lo compro...¿Lo podría considerar un juez parte del reparto? Ya se q el asunto es complicado pero es que hay muy poco sobre el caso de las parejas de hecho ( por cierto no constamos en ninguno registro a pesar de 10 años de convivencia) Si alguien conoce algo sobre el tema agradeceria algo de luz.Gracias anticipadas
perfil apg
30/12/2004 12:17
El régimien de pensión por alimentos para los menores, guarda y custodia, régimen de visitas, etc. se rigen por las mismas normas y criterios que las separaciones conyugales. Por tanto el uso de la vivienda familiar (donde vivíais), se le suele dar al que tenga la guarda y custodia del menor hasta que este tenga independencia económica. El progenitor que no tenga la guarda y custodia del menor tiene la obligación de pagar una pensión por alimentos que será proporcional al caudal del obligado y a las necesidades del menor, así mismo tiene derecho a un régimen de visitas en el que se incluyan los periodos vacacionales.
Respecto al apartamento no olvides que no estás casado y por tanto no hay comunidad de gananciales por tanto si está inscrito a tú nombre exclusivamente no puede entrar a formar parte de ningún reparto.
02/01/2005 08:14
Roberto, apg te ha asesorado de maravilla, los hijos tienen los mismos derechos dentro y fuera de cualquier tipo de institucion o registro, y ambos padres mismos derechos y obligaciones hacia ellos, tanto el hombre como la mujer, en derecho de visitas y obligaciones alimenticias, yo y cualquiera te recomendaria lo primero de todo, ponerte en manos de un buen abogado y no firmar nada sin ese asesoramiento legal, en cuanto a las parejas de hecho, si que tienes documentacion, mas o menos dependiendo de la comunidad donde vivas, seguro que en el ayuntamiento de tu municipio o a nivel de ley comunitaria si te asosoras encontraras todas las bases, por internet seguro que puedes encontrar la ley de parejas de hecho con todos sus articulos, en cuanto a que no figurais en ningun registro, eso no es problema, en registros municipales por lo menos, te puedes inscribir cuando quieras y te ponen la fecha de antiguedad que tu inscribas desde que comenzo la convivencia, o sea que siempre estas a tiempo, otra cosa es que te interese o no ahora que habeis roto, y se puede demostrar porque habreis estado los dos empadronados en el mismo domicilio, aparte tambien se puede demostrar ese periodo mediante recibos del banco etc, si el piso se registro a nombre de los dos, esta claro que ambos figurais como propietarios, pero perderas su uso y disfrute hasta que tu hijo alcance su independencia economica, momento en que puedes solicitar la venta y reparto del mismo porque siempre os pertenecera a los dos, pero el que compres ahora, si solo se escritura a tu nombre solo sera tuyo, puesto que al no haber habido vinculo legal entre vosotros vuestros patrimonios no se vinculan, pero todo esto planteaselo a un abogado antes de dar ningun paso, Feliz año nuevo y suerte.