1.-Soy extranjera. venezolana. Con visado no vigente
2.-Contraje Pareja de Hecho en Andalucia con un ciudadano español
3.-Ya la Junta de Andalucia de Andalucia envio el 31 de octubre de 2012 el certificado que emiten sobre nuestra inscripcion de pareja de con el nro. XXXX segun resolucion administrativa 16-08-2012
4.-He solicitado cita por internet (www.map.es) ante los servicios de extranjeria para solicitar la TARJETA RESIDENCIA DE FAMILIAR NO COMUNITARIO DE CIUDADANO DE LA UNIÓN EUROPEA, y me establece la cita para febrero del 2013.
MI PREGUNTA:
1.- PUEDO SALIR DE ESPAÑA PARA AMERICA ANTES FEBRERO 2013?
2.- SI NO PUEDO, PORQUE ME PUEDA ACARREAR INCONVENIENTES, ¿EXITEN ALGUNOS TRAMITES QUE ME LO PERMITAN? POR FAVOR INFORMARME
MIL GRACIAS
Si se marcha antes de febrero, tendrá que esperar tres meses para poder regresar, teniendo en cuenta que, por su nacionalidad, no requiere visado para cruzar la frontera exterior del espacio de Schengen. Si tuviera la tarjeta, no estaría sujeta a estas limitaciones. E igualmente, si tuviera una autorización de regreso y vuelve durante su vigencia.
No puede solicitar autorización de regreso, porque aún no tiene aprobada la tarjeta de residencia como familiar de ciudadano de la Unión, ni tampoco tiene en trámite la expedición de dicha tarjeta en la Comisaría de Policía.
Hola,
Hoy llame a comisaria del aeropuerto Barajas y me han dicho que esos casos si se puede salir del territoro Español incluso a América. Dijo que cuando vuelva tendre que enseñar mis documentos de tramites y pareja de hecho y esperar que ellos hagan las comprobaciones. Por seguridad estuve en persona a la camisaria esta del aeropuerto. El oficial de policia preguntó mi nacionalid(Brasileña) luego dijo lo mismo que habia dicha la senhora por el telefone. Dijo ademas que cuando vuelva que no me asuste pero puede ser que yo permanezca en una sala mientras ellos confirmem que el resguardo de mi NIE y el registro de la pareja de hecho son verdaderos. Ambos me han dicho que por ser familiar de español (pareja de hecho incluso) ellos tienen que facilitar mi entrada en territorio nacional. Alguien mas tiene otras experiencias?
Muy agradecida estoy por la información que me ha dado. Y debo confesarle que este portal contituye una extraordinaria plataforma de guia y orientación para el ciudadano común. Constituyendo así mismo un ejemplo el portal de servicio público en la defensa de los derechos del ciudadano. Es una labor plausive.
Por otra parte, por favor, ¿porque tendría que esperar 3 meses, posterior a mi salida de españa para ingresar nuevamente?
Cuando se entra a España como turista y se agota los 90 días que se tiene para permanecer o la prórroga, si se la ha obtenido y ha sido concedida, se debe esperar otros 90 días para regresar, ya que una persona extranjera extracomunitaria, que no sea titular de una autorización de residencia o de estancia por estudios superior a los 6 meses, solo puede permanecer en el espacio de Schengen hasta por 90 días, prorrogables hasta por otros 90 si es que el Estado en el que se encuentra se la ha prorrogado. Pero luego, tiene que salir y necesariamente esperar el transcurso de esos 90 días.
Si ya tuviera aprobada la concesión de la tarjeta o tuviera en trámite la expedición en la Comisaría, las cosas serían diferentes, porque ya tiene un documento oficial que acredita que le ha sido reconocido el derecho de residencia en régimen comunitario. Claro, usted, al ser venezolana, no necesita visa para cruzar la frontera exterior de la Unión Europea e incluso, por ese lado, podría hasta prescindirse de solicitar autorización de regreso. Pero una persona que es nacional de un Estado a los que se les requiere visado para cruzar la frontera exterior y ya lo tuviera caducado, sí tendría necesidad de la autorización de regreso, para que pueda cruzar la frontera exterior.