Hola segun un convenio bilateral españa brasil instrumento de ratificacion del convenio bilateral de cooperacion juridica en materia
civil entre el reino de españa y el gobierno de la republica federativa de brasil,
firmado en madrid el 13 de abril de 1989.
(«Boe núm. 164/1991, de 10 de julio de 1991»)artículo 30 , creo que solo tengo que traducir los documentos verdad?
un saludo
thanks a lot
vanessa
Cualquier documento extranjero, que pretenda hacerse valer ante Administraciones Públicas españolas (sea ña General del Estado, las Autonómicas o las Locales o cualquier otro Ente), necesitan estar legalizados, según corresponda, de acuerdo con el país de procedencia y traducidos al castellano. La traducción puede ser:
a) Hecha por traductor jurado del país de procedencia, que debe ser legalizada y revisada por el Consulado de España acreditado en ese país. Y luego, ser legalizada en el Ministerio de Asuntos Exteriores, en Madrid.
b) Hecha por el Consulado de España acreditado en ese país. Igualmente, necesita legalización del Ministerio de Asuntos Exteriores.
c) Hecha por el Consulado del país de procedencia, acreditado en España. También requiere legalización del Ministerio de Asuntos Exteriores.
d) Hecha por un traductor jurado en España. No requiere más legalización, pues es nombrado por el Ministerio de Asuntos Exteriores y sus traducciones están investidas de fe pública.
Estar en situación irregular, no es impedimento para formalizar la unión como pareja de hecho. Sí lo es, en cambio, que su novio español, no tenga vecindad civil balear, ya que la normativa de las Islas Baleares, exige que, al menos uno de los miembros de la pareja, tenga vecindad civil balear.
Luego de obtener la inscripción como pareja de hecho, podrá solicitar la tarjeta de residencia como familiar de ciudadano de la Unión.
Usted también se halla en la posibilidad de solicitar una autorización de residencia por circunstancias excepcionales de arraigo social. En ese caso, requerirá un informe de inserción social, elaborado por la Comunidad Autónoma.
me gustaria saber se en la comunidad de baleares
es necesaria la traduccion de los documentos necesarios para la inscripcion de la pareja .
e si es necesaria , hay que ser juramentada?
soy brasileña y mi novio español, vivimos juntos desde hace casi dos años, estoy en el pais desde de 2005, estoy ilegal , pero tengo todos los empadronamientos, pasaporte en regla, certificado de estado civil ,partida de nacimiento, de bautizo ,enfim todo. estar ilegal me perjudica en algo para tramitar la inscripcion?
un saludo vanessa