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pareja de hecho en Andalucía

8 Comentarios
 
Pareja de hecho en andalucía
13/05/2011 07:21
Hola, soy una chica de Málaga que hace 4 años sale con un chico de Marruecos. Os cuento por encima nuestra historia. Cuando nos conocimos en España, mi chico estudiaba y trabajaba en Granada. Debido a la crisis perdió su trabajo y coincidió que terminó de estudiar en la universidad de Granada. En esas fechas él poseía su tarjeta de residencia legal en España. El verano pasado no le dieron la renovación por no haber cotizado los días suficientes.

Hace un mes aproximadamente nos enteramos que siendo pareja de hecho le daría la tarjeta de residencia por familiar de comunitario, hemos iniciado todos los trámites pero ya se nos han presentado los problemas.

Los problemas son: nosotros hemos iniciado los trámites de pareja de hecho en un pueblo de Andalucía, en atención ciudadana del ayuntamiento. Aquí no nos ponen problemas para inscribirnos, el problema es que esta institución lleva años sin mandar los documentos de inscripción de parejas de hechos al registro de Sevilla general de la Junta de Andalucía. Mi pregunta es ¿ es válido, a ojos de extranjería, esa pareja de hecho inscrita en el ayuntamiento, en este caso de Estepona o no tiene competencias para ser válido a nivel andaluz? la chica que trabaja en atención ciudadana me dice que no vamos a tener ningún problema porque es totalmente legal, pero lo dudamos mucho porque la mala cara que nos puso la funcionaria al entregarle los papeles para iniciar el trámite de la tarjeta de residencia de familiar de comunitario.

¿qué podría hacer en el caso que ellos no me lo quisieran inscribir en sevilla y yo quiera que se registre de esa forma?

Sin más me despido, dándoles de antemano las gracias por el tiempo que va a dedicar a mi solicitud.

Muchas gracias
13/05/2011 10:24
Hola. Sí, es cierto, puede inscribirse como pareja de hecho con su novio y con la certificación de la inscripción, puede a la vez, solicitar para él la tarjeta de familiar de ciudadano de la Unión.

Si ha presentado ya la solicitud, en el impreso oficial, junto con la documentación preceptiva, en debida forma, es obligación del Ayuntamiento tramitarla. Respecto de la inscripción en el Registro de Parejas de Hecho de Andalucía, el Ayuntamiento solo hace la gestión, en virtud de ser la Administración Pública de mayor proximidad con el ciudadano, pero el Registro de Parejas de Hecho autonómico, está a cargo de la Junta de Andalucía y es ésta la que conoce, califica y resuelve sobre la inscripción como pareja de hecho, no el Ayuntamiento.


Pero, es posible también, de acuerdo con la normativa autonómica de Andalucía, que ustedes presenten su solicitud, también, en la Delegación Provincial de la Junta de Andalucía. Queda a elección de los interesados presentar la solicitud en el Ayuntamiento, que se encarga de registrarla y tramitársela a la Junta de Andalucía o directamente en la Junta de Andalucía, en sus Delegaciones Provinciales.

Si se trata de un Registro Municipal (no autonómico) y cumple con la normativa local para su acceso, es también válido. En España, al no haber normativa estatal al respecto, se está a lo dispuesto en la autonómica y en caso de no haberla, a la local.

Lo que usted debe tener es la CERTIFICACIÓN de INSCRIPCIÓN en el Registro de Parejas de Hecho. Basta con que sea un REGISTRO VÁLIDAMENTE CONSTITUIDO Y EXISTENTE para el efecto, sin especificar si el mencionado registro tenga que, necesariamente, ser estatal (que no lo hay), autonómico o local. Puede ser autonómico, en las Comunidades Autónomas donde lo hay, o municipal. Aquí en Cataluña, por ejemplo, la normativa que regula las parejas de hecho es autonómica, pero los Registros son municipales y están a cargo de los respectivos Ayuntamientos, que los han creado y han regulado su acceso; la Oficina de Extranjeros acepta las certificaciones de inscripción en los Registros Municipales, ya que son los únicos que hay en toda Cataluña.

En su Comunidad Autónoma, si coexisten un Registro Autonómico con Registros Municipales, mientras conste la certificación de inscripción, es válido para tramitar la tarjeta de familiar de ciudadano de la Unión.

Por otro lado, si concurren los requisitos que exige la normativa andaluza que regula la materia (Ley 5/2002, de 16 de diciembre,de Parejas de Hecho de Andalucía y el Decreto 35/2005, de 15 de febrero, por el que se constituye y regula el Registro de Parejas de Hecho de Andalucía), no tendrá problemas para que se practique la inscripción.

Quizás la funcionaria que lo atendió hizo el gesto al que usted hace alusión por el desconcierto y enfado que puede generarle saber que su petición, si está bien formulada y con la documentación en regla, no podrá ser denegada y que en virtud de ello, su pareja se verá beneficiado por el régimen comunitario. Hay cierto tipo de cosas que generan descontento entre el funcionariado, pero conviene no tomarlo en cuenta, no vale la pena gastar energías en ello, su objetivo es obtener un resultado satisfactorio para su pretensión, no ponerse a discutir con el funcionario que solo recibe documentos que otro despachará.

Si usted tiene el resguardo, solo le quedará esperar a que la notifiquen. La normativa andaluza dispone que el plazo para dictar y notificar la resolución será de un mes, contado desde la fecha de la presentación. Transcurrido el plazo sin que se hubiera notificado, la solicitud podrá entenderse estimada (silencio administrativo positivo).

Procure cerciorarse de haber aportado ABSOLUTAMENTE TODA la documentación preceptiva y sin defectos de forma (por ejemplo, falta de legalización o de traducción oficial al castellano de documentos expedidos por autoridad extranjera) y que la solicitud ha sido cumplimentada correctamente.

Cuando ya tenga la CERTIFICACIÓN DE INSCRIPCIÓN, podrá solicitar la tarjeta de familiar de ciudadano de la Unión. Si usted vive en Estepona, tendrá que pedir cita previa en la Oficina de Extranjeros de su localidad, a través de la página web del Ministerio de Política Territorial, www.mpt.es, apartado EXTRANJERÍA, luego ingresar en la aplicación, seleccionar su provincia y le saldrán los trámites para los que está habilitada la cita previa; en la provincia de Málaga aparece que hay que solicitar cita previa para comunitarios.

Como su novio ya tiene asignado un NIE (Número de Identificación de Extranjero), debe escribirlo en la solicitud. El NIE es solo un número de identificación y es el mismo durante toda la vida de la persona (mientras sea extranjera, claro).

Un cordial saludo



13/05/2011 14:22
Mil gracias, todo muy muy bien explicado, ya tenemos todo entregado legalizado y esperando la resolución.

Me ha dado mucha alegría saber que estamos haciendo todo bien.
14/05/2011 18:54
Hola, lo que te comento es por experiencia propia; yo me hice pareja de hecho hace poco y ya tuve la cita para solicitar la tarjeta comunitaria. En extranjeria exigen el certificado que expide la junta de andalucia, el que da el ayuntamiento no te lo reciben, deberia ser obligacion del ayuntamiento enviar la solicitud de tu inscripcion como pareja a la junta de andalucia, sino lo hacen por cualquier motivo tu puedes hacer la solicitud personalmente y es deber de la junta hacer la respectiva inscripcion, te doy el telefono de la junta por si lo necesitas 955048381, aqui llevan el tema de parejas de hecho, si te quedaste con copia de lo que presentaste en el ayuntamiento mejor sino con el certificado de pareja de hecho de estepona te valdra.
Te aconsejo que pidas la cita en extranjeria porque tardan dos meses en darla.
14/05/2011 18:59
Casualmente solo en Malaga y Sevilla exigen el certificado de la junta de andalucia, en el resto de oficinas de extranjeria de la comunidad de Andalucia les vale el certificado del ayuntamiento.
14/05/2011 20:45
Hola, pues vaya lío pq en mi ayuntamiento no me lo queiren inscribir y los documentos que entregué no tengo una copia compulsada así que... el día 23 tengo cita en Málaga capital en calle san jacinto y espero que para ese día tener el certificado de pareja de hecho de estepona.

Entonces entiendo que con esa resolución, que deseo que sea positiva, me voy a calle san jacinto y allí me lo deben de inscribir y darme el certificado correspondiente.

Estamos estresados pq siempre encontramos problemas. De todas formas el lunes sin falta llamaré al número que me has recomendado para plantearle mi caso.

Mil gracias de verdad
14/05/2011 21:16
Sandra me podrías mandar un mail con tu número para llamarte a la siguiente dirección baci1campanilla@hotmail.com. Necesito preguntarte muchas dudas y veo que resides muy cerca mía y que estabas casi en la misma situación. Muchas gracias de verdad
16/05/2011 15:40
Ok, ya te lo envie.
05/01/2014 12:24
Hola buenas pues tengo un gran problema queria averiguar que debo hacer, mi pareja murio el 10 de diciembre heranos pareja de hecho y somos homosexuales, a la hora de enviarme la partida de defuncion en su estado civil en vez de aparecer que es pareja de hecho aparece que es soltero... Me quede bocaabierto , quiero saber si tengo algun problema para luego solicitar la viudez y si tengo el problema a donde me tengo que dirigir para solucionarlo, tambien quiero saber si esa viudez me pertenece ya que nos hicimos pareja de hecho con la fecha 12 de diciembre del 2011 y fallecio el 10 de diciembre del 2013 muy reciente espero tener respuesta muchas gracias